13/02/2022

Acta creación de AeroPerú

-El Fellowship PH-ZAV previo a su entrega a SACTO en alquiler-
Formalmente el día 02May71 la empresa Aerolíneas Peruanas anunció la suspensión de todos sus vuelos. Posteriormente, el 13Nov71, una corte de Miami decretó su quiebra definitiva. Esta aerolínea, había sido fundada el 16Sep56 por el empresario estadounidense Cornell Newton Shelton, quien secundado por diversos inversionistas peruanos. A principios del año 1971,  la empresa se encontraba en una situación financiera precaria, con una deuda de 22 millones de dólares, principalmente con el agente Fred Ayer, garante la adquisición de los Convair 990.  En poco tiempo, la empresa debió deshacerse de los jet, y mantuvo sus operaciones merced al "préstamo" de una aeronave por parte de Iberia. Aun así, su deuda ascendía a 4 millones de dólares. Braniff, Iberia y Lufthansa, acercaron propuestas al presidente del gobierno peruano, general de división EP Juan Velasco Alvarado, en un intento de rescate. Sin embargo, el 28Abr71, el gobierno militar le dio la espalda  a la compañía. Por esos días se pergeñaba la creación de una línea aérea nacional bajo el control del Estado. Desde 1960, se había concebido la empresa SATCO -Servicio Aéreo de Transportes Comerciales-  nacida en el seno de la Fuerza Aérea de Perú. La misma descendía de la reorganización de Transportes Aéreos Militares, entidad que prestaba servicios desde 1946. SATCO se había convertido en parte del Grupo de Transportes 41 de Fuerza Aérea del Perú, y brindaba servicios de transporte principalmente a áreas desatendidas del país donde el transporte aéreo comercial no llegaba. En May73, sobre la base de los activos de SATCO el gobierno peruano creó la aerolínea puramente civil AeroPerú.

Detalle de la flota de SATCO en 1973
OB-R-390 Fokker F-28 Mk. 1000 Fellowship cn. 11032 ex PH-ZAV dd. 19Abr73. li. Fokker. rmt. OB-R-1030.
* OB-R-397 Fokker F-28 Mk. 1000 Fellowship cn. 11059 ex PH-ZBO dd. 15Mar73. rmt. OB-R-1020.
* OB-R-398 Fokker F-28 Mk. 1000 Fellowship cn. 11065 ex PH-EXN dd. 31May73. rmt. OB-R-1018.
* OB-R-399 Fokker F-28 Mk. 1000 Fellowship cn. 11066 dd. ex PH-EXO 02Jul73. rmt. OB-R-1019.

AeroPerú fue la aerolínea creada por el estado peruano en 1973. Cuyo vuelo inaugural se concretó el 03Oct73, en coincidencia con el día de la revolución peruana. En dicha jornada, voló desde el aeropuerto Jorge Chávez de Lima a Cuzco, utilizando uno de sus Fokker F-28 Fellowship. En la edición N° 11-12 del Noticiero del Transporte Aéreo, (Alberto Mirkin), publicado en la segunda quincena de Jun73 se hizo publico el acta creación de la empresa peruana, que a continuación se transcribe.
-La aeronave PH-ZAV, en el aeropuerto de Cusco-

Por medio del Decreto - Ley N° 20030 del 22May73 de la Presidencia de la Nación del Perú. Se crea la Empresa de Transporte Aéreo del Perú AeroPerú:
Considerando que es necesario el mayor y acelerado desarrollo del transporte aéreo con fines de integración nacional, del mejoramiento social y el aumento de la producción en general, dentro de la política de transporte aprobada por el Gobierno Revolucionario de la Fuerza Armada. Que la creación de la Empresa de Servicio de Transporte Aéreo, obedece a necesidades de interés público, debe ser organizada como una entidad estatal sobre bases económicas sólidas y con capacidad de auto-sostenimiento, dentro del criterio de beneficio social nacional para el servicio interno.
Que, es conveniente asimismo, prever la participación del transporto aéreo en el ámbito internacional. Que estando el Servicio Aéreo de Transportes Comerciales (SATCO) realizando una amplia actividad comercial de carácter empresarial, a lo que se suma la posibilidad de incrementar tales actividades, tanto en el ámbito nacional como en el internacional, procede que la empresa estatal por crear se constituya en base a SATCO y dentro del sector aeronáutico, con sujeción a la política de Transporta Aéreo del Estado.
En uso de las facultades de que está investido, y con el voto de aprobatorio del Consejo de Ministros, ha sado el Decreto-Ley siguiente:

TITULO I - Denominación - Domicilio - Duración y Régimen Legal: 
Articulo 1º - Créase, en base al Servicio Aéreo de Transportes Comerciales (SATCO), la Empresa de Transporte Aéreo del Perú, denominada AeroPerú, como Empresa Pública del Sector Aeronáutica, con personería Jurídica y autonomía administrativa, económica y técnica. 
Articulo 2º AeroPerú tiene domicilio legal y su oficina principal en Lima. Puede establecer subsidiarias, filiales oficinas, sucursales, agencias y otras dependencias necesarias para el cumplimiento de sus fines en el país y en el extranjero, de acuerdo con su Estatuto y demás disposiciones legales pertinentes.
Articulo 3º - La duración de AeroPerú es indefinida.
Articulo 4º - AeroPerú se rige por la presente Ley Orgánica, su Estatuto, disposiciones legales relativas a Empresas Públicas, supletoriamente por la Ley de Sociedades Mercantiles y en lo que respecta a operaciones aéreas, por la Ley N°15.720, modificatorias y demás disposiciones que dicte el Ministerio de Transporte y Comunicaciones.

TITULO II - Finalidad y Funciones:
Articulo 5º - AeroPerú tiene como finalidad asegurar un servicio eficiente y económico de transporte y trabajos aerocomerciales que contribuya a la integración y desarrollo socio-económico del país, como instrumento de ejecución de la Política y planes del Gobierno.
Articulo 6º - Corresponde a AeroPerú
a) Atender preferentemente el transporte aéreo interno de pasajeros, carga y correo.
b) Explotar servicios de transporte aéreo internacional y ser línea aérea designada, prioritariamente, cuando lo solicite.
c) Suscribir acuerdos de interés comercial reciproco con empresas aéreas de otros Estados sobre el transporto aéreo internacional de carga y pasajeros.
d) Ejecutar o hacer por medio de terceros, los trabajos aéreos reservados para el Estado, que éste le encomiende.
e) Realizar estudios y formular proyectos relacionados con sus actividades y prestar estos servicios a entidades filiales u otras dedicadas al transporte aéreo. Cuando la naturaleza de los estudios o proyectos lo requiera, podrá contratar su ejecución con personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras.
f) Promover el desarrollo social, profesional, técnico y cultural de sus trabajadores.
g) Celebrar convenios o contratos y realizar los actos jurídicos requeridos por sus actividades.
h) - Realizar otras actividades relacionadas con su finalidad.

TITULO III - Capital - Recursos y Presupuesto.
Articulo 7º - El capital autorizado de AeroPerú es de Tres mil millones de soles oro (S/3,000,000,000,00) íntegramente suscripto por el Estado representado por Trescientos mil (300,000) acciones de un valor nominal de Diez mil soles oro (S/10,000,00) dada una. El Poder Ejecutivo, por Decreto Supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros y refrendado por los Ministros de Aeronáutica y de Economía y Finanzas, podrá aumentar dicho capital.
Articulo 8º - El capital de AeroPerú será cubierto:
a) Con un aporte inicial de Doscientos millones de soles oro (S/, 200,000,000.00), que hará el Estado a través de la Corporación Financiera de Desarrollo (COFIDE).
b) Con los recursos que lo sean asignados en el Presupuesto del Sector Público Nacional o mediante disposiciones legales especiales.
c) Con el valor de los activos que SATCO le transfiera en forma expresa.
d) Con los bienes y valores que le adjudique el Estado o le transfieran personas jurídicas de derecho publico o privado, así como personas naturales.
e) Con el valor real de los bienes que le sean donados o legados, previa aceptación y valorización por AeroPerú.
f) Con la reinversión de la utilidad neta de AeroPerú que se asigne para este fin.
g) Con los excedentes de la revaluación de sus activos fijos capitalizados conforme a la Ley.
Articulo 9º - Son ingresos de AeroPerú los que provienen de la prestación de sus servicios y cualesquiera otros que perciba en razón de sus actividades.
Articulo 10º - El presupuesto de AeroPerú será formulado y aprobado de acuerdo a la Ley Orgánica del Presupuesto Funcional de la República y demás disposiciones legales.

TITULO IV - Régimen Administrativo.
Articulo 11º - La dirección y administración de AeroPerú será de cargo y responsabilidad de su Directorio y de la Gerencia General en lo pertinente.
Articulo 12º - El Directorio es la más alta autoridad de AeroPerú y como tal le corresponde determinar los lineamientos para la marcha de la empresa dentro de la política de transporte y trabajos aerocomerciales aprobada por el Gobierno.
Articulo 13º - El Directorio de AeroPerú estará integrado por siete (7) miembros designados en la siguiente forma:
- Tres por el Ministerio de Aeronáutica.
- Dos por el Ministerio de Transportes y comunicaciones.
- Uno por el Ministerio de Economía y Finanzas.
- Uno por el Ministerio de Industria y Comercio.
- Uno por los trabajadores de AeroPerú.
El presidente del Directorio será un oficial General de la Fuerza Aérea del Perú, designado entre los tres nombrados por el Ministerio de Aeronáutica. Tendrá voto dirimente.
Los miembros del Directorio serán nombrados por Resolución Suprema refrendada por el Ministro de Aeronáutica.
Articulo 14º - Los miembros del Directorio no podrán poseer, adquirir, ni enajenar acciones, bonos o títulos similares de empresas que se vinculen en alguna forma con AeroPerú, ni estar directa o indirectamente relacionados con las operaciones de AeroPerú, sin haberlo comunicado previamente, en cada caso, y por escrito, al Ministerio de Aeronáutica. Los funcionarios y empleados estarán sujetos a la misma limitación debiendo en su caso, comunicarlo al Directorio.
Articulo 15º - Están impedidos de ser miembros del Directorio de AeroPerú:
a) Los que estuviesen inhabilitados por orden judicial.
b) Las personas naturales o los directores de personas jurídicas declaradas en quiebra.
c) Los deudores de AeroPerú o quienes tengan pleito pendiente con ella.
d) Los parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o cuarto de afinidad.
e) Los demás prohibidos por la Ley.
Articulo 16º - Corresponde al Directorio.
a - Dirigir la empresa de conformidad con la política, objetivos, meta y planos de desarrollo del transporte aéreo aprobados por el Gobierno.
b - Establecer la política interna de la empresa.
c - Presentar al Ministerio de Aeronáutica para su aprobación por Decreto Supremo las modificaciones del Estatuto.
d - Elegir al Vice-Presidente.
e - Aprobar los planes y programas a corto, mediano y largo plazo de AeroPerú sometiéndose al Ministro de Aeronáutica para su conocimiento.
f - Aprobar el anteproyecto del Presupuesto.
g - Aprobar la Memoria, el Balance General y Estados Financieros, que presentará al Ministro de Aeronáutica para su conocimiento.
h - Celebrar contratos y otorgar facultades y poderes que juzgue necesarios para la representación legal de la empresa con sujeción al Estatuto.
i - Proponer la aplicación de la utilidad neta de la empresa conforme a Ley.
j - Aprobar el establecimiento de oficinas, sucursales, agencias y demás a que se refiere el Articulo 2º y designar representantes y agentes.
k - Controlar el funcionamiento general de la empresa y verificar la conformidad de la gestión de la Gerencia General con la política establecida.
l - Aprobar la organización interna de la empresa.
m - Ejercer las demás actividades y funciones que el presente Decreto-Ley y su Estatuto le confieran.
Articulo 17º - Son funciones del Presidente del Directorio:
a - Presidir el Directorio de la Empresa.
b - Velar por el cumplimiento de la política, objetivos, motas y planes de la Empresa.
c - Velar por el cumplimiento de las Resoluciones y Acuerdos del Directorio.
d - Representar a la Empresa.
e - Ejercer las demás funciones que le señala el Estatuto.
Articulo 18º - El Gerente General es el funcionario ejecutivo de mayor jerarquía de la Empresa y ejerce su representación legal de acuerdo con la autorización que lo otorga el presente Decreto-Ley y el Estatuto. Será nombrado por Resolución Suprema, refrendada por el Ministro de Aeronáutica. Dirige, coordina y controla, por delegación del Directorio, la acción de los organismos de la Empresa. 
Articulo 19º - El estatuto de AeroPerú precisará la organización, administración y atribución de sus órganos constitutivos. Será aprobado por Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Aeronáutica.

TITULO V - Régimen Económico y Financiero
Articulo 20º - AeroPerú está autorizado para mantener, tanto en el país como en el extranjero, saldos operativos en moneda extranjera, en la oportunidad y limites que se determine por Resolución Suprema refrendada por la Ministros de Aeronáutica y de Economía y Finanzas.
Articulo 21º - AeroPerú regirá la venta de moneda extranjera generada por sus servicios brindados en el exterior, por las disposiciones vigentes para las empresas navieras nacionales privadas, sin perjuicio de las normas que rigen a los organismos públicos.
Articulo 22º - El Poder Ejecutivo podrá contratar directamente o a través de sus organismos financieros, créditos en el país o en el extranjero, con el objeto de obtener recursos destinados a la ampliación de las operaciones de AeroPerú, de acuerdo a las leyes vigentes sobre la materia.
Articulo 23º - AeroPerú podrá:
a - Adquirir directamente equipos aéreos, repuestos y materiales de aviación, así como contratar servicio de mantenimiento y otros para sus operaciones y mantenimiento de sus aeronaves, sin el requisito de licitación pública o concurso de precios, Cuando los gastos excedan de un millón de soles oro (S/1,000,000.00), AeroPerú dará cuenta inmediata al Ministerio de Aeronáutica y a la Contraloría General de la República.
b - Hacer toda otra adquisición de bienes o contratar la prestación de servicios no personales, así como la ejecución de obras, en cuyo caso procederá en la forma siguiente:
1) Tratándose de adquirir bienes y servicios no personales.
(a) Directamente, cuando su monto no exceda de un millón do soles oro (S/.1,000,000.00).
(b) Por concurso de precios, cuando el monto sea de más de un millón de soles oro (S/.1,000,000.00) y hasta Diez millones de soles oro (S/.10,000,000.00).
(c) Por licitación pública, cuando el monto exceda de Diez millones de solos oro (S/.10,000,000.00).
2) Tratándose de la contratación de ejecución de obras:
(a) Directamente, hasta Dos millones de soles oro (S/,2,000,000,00).
(b) Por concurso de precios, cuando el monto sea de más de Dos millones de soles oro (S/.2,000,000.00) y hasta Diez millones de soles oro (S/.10,000,000,00).
3) Tratándose de Estudios, Consultorías o Supervisiones: mediante concursos de méritos.
Podrán variarse los montos precedentes por Decreto Supremo.
Articulo 24º - Cuando sean declarados desiertos los concursos de precios, las licitaciones públicas o los concursos de méritos; o cuando las condiciones, especificaciones o características técnicas lo requieran, lo que será fehacientemente acreditado, podrá autorizarse la adquisición directa de bienes y servicios no personales, así como la contratación directa de obras, estudios, consultorios y supervisiones, mediante Resolución del Ministerio de Aeronáutica, a excepción de lo establecido en el inciso a) del Articulo 23º.
Articulo 25º - AeroPerú estará sujeta a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº429-HC del 02Nov65.
Articulo 26º - AeroPerú podrá hacer uso de la facultades coactivas que otorga el Decreto-Ley N°17355 para el cobro de las acreencias originadas por la prestación de sus servicios.

TITULO VI - Régimen Laboral.
Articulo 27º - El personal de trabajadores que preste servicios en AeroPerú estará bajo el régimen laboral correspondiente a la actividad privada.
Articulo 28º - AeroPerú podrá contratar personal extranjero cuando sus necesidades lo requieran, de acuerdo a las disposiciones legales vigentes.
Articulo 29º - El Ministro de Aeronáutica tomará todas las medidas pertinentes para asegurar la continuidad del servicio de transporte aéreo.

TITULO VII - Disolución y Liquidación.
Articulo 30º - AeroPerú sólo podrá ser disuelta mediante lay expresa, que fijará el procedimiento para su liquidación.

TITULO VIII - Disposiciones Generales.
Articulo 31º - AeroPerú no podrá exonerar total ni parcialmente del pago de las tarifas fijadas por los servicios que preste, excepto en casos de obligación recíproca resultante do acuerdos comerciales o de convenios oficiales.
Articulo 32º - Los funcionarios y empleados públicos que viajen dentro del territorio nacional y al extranjero, con pasajes pagados por el Sector Público Nacional, así como la carga y correo que el despache con cargo a partidas presupuestales, utilizarán los servicios de AeroPerú. Sólo en casos de urgencia se podrá hacer excepción a lo dispuesto en el presente artículo y, mediante Resolución del Ministerio interesado.

Disposiciones Transitorias
Primera: AeroPerú asume las actividades, derechos, concesiones y autorizaciones del Servicio Aéreo de Transportes Comerciales SATCO.
Segunda: Dentro del término de quince (15) días de la vigencia del presente Decreto-Ley se instalará el Directorio de AeroPerú y de noventa (90) días computados a partir de su instalación, someterá a la consideración del Ministro do Aeronáutica el proyecto de Estatuto de AeroPerú, que será aprobado por Decreto Supremo.
Tercera: Para los efectos de la determinación del valor de los activos de SATCO, el Ministerio de Aeronáutica hará el inventario valorizado de los bienes de capital, insumos y demás recursos materiales de dicho Servicio, que adjudique a AeroPerú a la fecha de iniciación de sus actividades, con sujeción a lo dispuesto en el inciso c) del Articulo 8º.
Cuarta: El Servicio Aéreo de Transportes Comerciales (SATCO) continuará operando hasta que AeroPerú inicié sus actividades aérea.
Quinta: Los contratos y obligaciones celebrados y adquiridos, respectivamente, por SATCO con terceros, serán asumidos por AeroPerú.

Disposición Final
Derogase, o déjese en suspenso en su caso, las disposiciones que se opongan el presente Decreto-Ley.
-Nótese en el esquema primigenio de AeroPerú, la similitud con los colores de SATCO-

Detalle de la flota de AeroPerú en 1973
OB-R-1018 Fokker F-28 Mk. 1000 Fellowship cn. 11065 ex OB-R-398 dd. May73.
OB-R-1019 Fokker F-28 Mk. 1000 Fellowship cn. 11066 ex OB-R-399 dd. May73.
OB-R-1020 Fokker F-28 Mk. 1000 Fellowship cn. 11059 ex OB-R-397 dd. May73.
OB-R-1030 Fokker F-28 Mk. 1000 Fellowship cn. 11032 ex OB-R-390 dd. May73. li. Fokker.

De forma vertiginosa la nueva compañía creció amparada en el poder del estado. Su lema resumía la filosofía que se intentaba imprimir: “trabajamos orgullosos para formar a un gran equipo y para llevar el nombre de Perú en alto”. Por varios años la empresa elevó los colores del Perú. Pero cuando el estado peruano no pudo sostener su dadivoso aporte, AeroPerú debió ser privatizada a partir de 1993. El ámbito privado, tampoco la favoreció, y debido a dificultades financieras el 10Mar99, se declaró el cierre de la firma.

12/02/2022

Un Twin en Rosario

El día 27Jun2021, en medio de la parálisis a la que el país se vio afectado, el avión 
el Twin LV-LSIdueño del esquema mas vistoso del país, fue trasladado desde Comodoro Rivadavia a Morón. Desde entonces no se tuvo mayor conocimiento de su estado, hasta que a principios de Feb2022 Gastón Hernández, publicó una foto del aparato que confirmaba su estadía en el aeropuerto Morón. La nave estaba estacionada, luciendo aun los títulos de la empresa TAPSA. En la mañana del 06Feb2021 se reportó que este aparato despegó desde El Palomar, aterrizando en Rosario luego de un vuelo de algo más de una hora. En el aeropuerto rosarino trascendió que será sometido a tareas de mantenimiento. Por lo que es de suponer que seguirá en actividad.

Detalle de la aeronave
* cn. 456 de Havilland Canada DHC-6-300 Twin Otter - LV-PTW, rr. LV-LSI YPF-Yacimientos Petrolíferos Fiscales 25Abr75, TAPSA-Transportes Aéreos Petroleros SA. Dic91.

Agradecimiento: Facundo Rovira.

11/02/2022

Incidente de un Citation en Morón

En horas de la tarde del día 11Feb2022, una aeronave perteneciente a la empresa Aviajet, protagonizó un incidente en el aeropuerto de Morón. Como consecuencia del mismo, se interrumpieron todas las actividades de la estación aérea. Aviajet SA es una empresa de vuelos a demanda, que cuenta en sus filas con 4 Cessna Citation, 2 Beechcraft King Air y un Piper Navajo. La aeronave siniestrada, había realizado un vuelo a la ciudad de La Rioja. Hasta el momento no trascendieron las causas del incidente.

Detalle de la aeronave
* cn. 501-0215 Cessna 501 Citation ISP - N215NA Nebrig & Associates Inc. Jun2000, Spence & Associates Inc. Nov2000, Cardigan Transport LLC Nv2009, KC 500 LLC Abr2015, Aircraft Guaranty Corp Trustee Sep2020, LV-JUO Aviajet SA. Nov2020.

10/02/2022

Voló tan rápido que se quedó sin pintura

A partir del encuentro de una fotografía del Douglas DC-9 LV-WHL, la cual fue tomada en el Aeropuerto de Ioannis Kapodistrias - Kerkyra Grecia, llamó la atención que la nave portara un esquema en premier.  Recopilando datos, surgió que el día 09Ene99, este avión fue trasladado a Tel Aviv, Israel para ser sometido a un imperioso D- Check. Así, desde su base habitual en el Aeroparque Jorge Newbery y hasta el exótico destino efectuó varias escalas. A saber: Brasilia, Belem (Brasil), Santa Lucía, Bermudas, Goosbay, Reykjavik, Glasgow y Kerkyra. Por diversas razones, las tareas en Israel se extendieron más de lo previsto. Las autoridades de Austral Líneas Aéreas, ante la premura de contar con la aeronave en servicio, tomó la decisión de repatriar el aparato portando la base premier, y pintarlo en sus instalaciones de Aeroparque. De esta manera se pretendía apresurar los tiempos, y al mismo tiempo ahorrar dinero. El regreso desde Tel Aviv se inició el día 02Jul99, cubriendo la ruta Kerkyra Grecia, -donde fue retratado-, Gran Canaria, -reportado el día 03Jul99-, Isla do Sal, Recife, y Río de Janeiro. El jet arribó al Aeroparque el día 04Jul99. Como se recordará este aparato, una vez finalizada su vida operativa con la empresa argentina, siguió volando con diversos operadores africanos. 

Detalle de la aeronave
* cn. 47368/505 Douglas DC-9-32 - FF. 20May69 - EC-BPH Iberia Líneas Aéreas de España 07Jun69,  Aviaco 02Oct92, LV-WHL Austral Líneas Aéreas 02Jul94,  almacenado en Córdoba Mar2001. S9-DAA Linhas Aéreas Santomenses/Goliaf Air 16Oct2004, ZS-PAK Fulela Trade and Invest 50 (Pty) 28Mar2006, Exclusive Alliance/Phoebus Apollo Aviation 28Mar2006, Phoebus Apollo Aviation/CAL - Congo Airlines es 2010. D6-CAW Daallo/Jet Express es 2010 - NTU?, ZS-PAK Exclusive Alliance/Phoebus Apollo Aviation. Almacenado en Johannesburgo desde 2011.

09/02/2022

Despegó el proyecto riojano

Tal como se anunció a principios de Feb2022, ALAS de La Rioja, el día 09Feb2022 puso primera, con su vuelo AJ522 que partió desde el Aeroparque Jorge Newbery a las 9:11 horas con destino al aeropuerto Capitán Vicente Almandós Almonacid de La Rioja. La aeronave de American Jet transportó 9 pasajeros tocando suelo riojano a las 10.44 horas. El aparato reemprendió viaje con destino a Buenos Aires a las 13:44 horas, arribando a la estación capitalina a las 14:43 horas. El aparato lució el esquema básico de la empresa American Jet con el agregado de stickers en la parte delantera de la aeronave, y un lema que destacaba "La Rioja en lo más alto".
El gobernador Ricardo Quíntela se hizo presente en el arribó del aparato, manifestando en esa oportunidad “la intención siempre es avanzar para mejorar la calidad prestacional de un servicio que lo consideramos absolutamente esencial, el servicio de transporte de pasajeros ya sea terrestre o aéreo, como en este caso permite que La Rioja pueda cumplir las expectativas de desarrollo y crecimiento acompañado con un servicio de estas características”... “Febrero será un mes de prueba para evaluar el comportamiento y la demanda, se hará una valoración para conocer si se cumple con las expectativas del servicio, posteriormente se analizará la posibilidad de incrementar la frecuencia y los vuelos, teniendo en cuenta que la empresa bandera no puede satisfacer la demanda de la provincia en estos momentos...” -SIC-.

Detalle de la aeronave utilizada
* cn. 145380 Embraer ERJ-145LR - PT-SQE Embraer 2000, N14920 Continental Express 30Ene2001 li. FSB, United Express / ExpressJet Airlines Ago2001, almacenado en Washington-Dulles 19Ene2010. Southern Aircraft Consultancy 28Jul2017, LV-HVE LASA Líneas Aéreas 05Jul2018, American Jet SA. 21Jun2019.

08/02/2022

La mudanza de los "Otter"

El día 04Feb2022, los aviones Twin Otter de la Fuerza Aérea Argentina fueron desplazados desde la IX Brigada Aérea de Comodoro Rivadavia a la Base Aérea Militar Río Gallegos. En tal sentido se realizó una ceremonia presidida el jefe de Estado Mayor General de la Fuerza Aérea Argentina, brigadier general Xavier Isaac, secundado por el comandante de Adiestramiento y Alistamiento, brigadier Fernando Mengo; diversas autoridades y tripulantes veteranos del conflicto del Atlántico Sur.
Según informes de la Fuerza Aérea Argentina, la relocalización de los 4 aparatos remanentes, responde a un criterio estratégico de sumar potencial de transporte y logística en el sur del país. Contar con aviones bimotor de enlace que sirvan de puente entre localidades patagónicas donde no llegan las frecuencias de las líneas comerciales. De esta manera finaliza el rol antártico de este tipo de avión. Los queridos "Castores" cierran así, un segmento de 53 años de presencia en Comodoro Rivadavia.
La última misión desplegada desde la IX Brigada Aérea, la realizó el 31Ene2022, participando de un simulacro de naufragio, en el cual con la aeronave T-85 se llevó a cabo un vuelo de búsqueda y salvamento, sobrevolando zonas cercanas al Puerto de Comodoro Rivadavia.

Detalle de las aeronaves remanentes
* T-81 de Havilland Canada DHC-6-200 Twin Otter cn. 165 dd. 11Nov68 fuselaje desarmado almacenado en AMQ.
* T-85 de Havilland Canada DHC-6-200 Twin Otter cn. 173 dd. 21Dic68.
* T-86 de Havilland Canada DHC-6-200 Twin Otter cn. 225 dd. 09Oct69.
* T-89 de Havilland Canada DHC-6-200 Twin Otter cn. 185 ex LV-JPX dd. Jun2000.
* T-90 de Havilland Canada DHC-6-200 Twin Otter cn. 178 ex LV-JMR dd. Oct82.

07/02/2022

En Chile: Todo contra el fuego

Desde el día 31Ene2022, la Corporación Nacional Forestal de Chile informó que remitió a la región austral el avión Hércules C-130 que oportunamente contrató. El aparato fue destinado al combate del incendio forestal que afectó por varios días  una extensa zona de bosques y hábitat de especies de flora y fauna fueguinas, en la zona de Teraike, al sur de Tierra del Fuego.  La máquina desplegada cuenta con una autonomía de vuelo de 8 horas, a una velocidad de 570 kilómetros por hora. Permitiéndole operar desde Punta Arenas a virtualmente cualquier punto del siniestro boscoso. 
Al mismo tiempo se radicó en la zona un  helicóptero Aerospatiale AS332 Super Puma capaz de arrojar 900 litros de agua, el cual fue alquilado en Austria. Este aparato, junto a otro similar habrían llegado a Chile, entre Nov2020 y Abr2021, por vía marítima. El primero perteneciente a la empresa Horizon Helicopters lo hizo desde Canadá. Mientras que el segundo, -en cual se movilizó hasta Tierra del Fuego- arribó procedente de la firma Heli Austria vía Bélgica. Desde su llegada al territorio chileno estos helicópteros afectados intensivamente a las actividades de la Conaf.

Detalle de las aeronaves
* cn. 382-4338 Lockheed C-130H Hercules (L-382) - FMS 68-10956, 956 Royal Norwegian Air Force basado Oslo - Gardermoen. Almacenado en Davis Monthan-Tucson Air Force Base, N132CG Coulson Flying Tankers 28Feb2020 "2".
* cn. 2240 Aerospatiale AS332L1 Super Puma - JA9679 Keisatsu-chō Mar88, ZK-HHL Heli Harvest Ltd. Sep2013, OE-XLP Heli Austria GmbH 10Abr2017, -mdf. Airbus Helicopters H215 / AS332C1e / AS332L1e - alquilado a la CONAF es Abr2021.
* cn . 2099 Aerospatiale AS332L Super Puma (1984) - G-TIGV Bristow Ene84, LN-OPF Norsk Helikopter Ene89, G-TIGV Bristow Ene91, LN-ONC Norsk Helikopter Ago95, G-TIGV Bristow Nov95, LN-ONC Norsk Helikopter Mar96, G-TIGV Bristow Jun98, Vector Aerospace Ireland Jul2012, Bristow Nov2012, Vector Aerospace Ireland Abr2014, C-FFCL Horizon Helicopters Ltd Ene2020, -convertido a FireCat-, CONAF Chile Nov2020.

05/02/2022

En inicio de la carga y los Electra de LAN

Más que pasajeros, la carga parece haber sido siempre el principal objetivo de la actividad aerocomercial. Esta afirmación parte del conocimiento acerca de que desde sus inicios la actividad creció de la mano de la rapidez que se intentó imprimirle al trafico postal.  A continuación se reproduce un articulo de la publicación Aeromundial/Alberto Mirkin en su edición del 20Jul44 -pagina 821-, la cual lleva por título "Carga aérea de LAN Chile". En las líneas del mismo se destaca las intenciones de la empresa por aquellos días. Seguramente no ha sido capricho que hoy por hoy, LATAM descendiente de aquella empresa chilena, hoy sea líder en materia de cargas aéreas.

La Línea Aérea Nacional, de Chile (LAN), primera institución de aeronavegación de Chile, ha organizado un perfecto servicio de "CARGA AEREA", para la atención de las siguientes ciudades de la zona norte -mientras el tiempo permita incluir, también, las del sud de Chile,: Ovalle, La Serena, Vallenar, Copiapó, Taltal, Antofagasta, Tocopilla, Iquique y Arica. Además, "CARGA AEREA LAN" también puede ser enviada a los puntos que se encuentran cerca de las Postas ó Agencias Comerciales de la Línea Aérea Nacional, como ser -en el norte-: Andacollo, Coquimbo, Freirían, Pueblo Hundido, Inca de Oro, Chañaral, Calapa, María Elena, Pedro de Valdivia, Pozo al Monte, Huara, Mamiña, Pica, Zapiga, etc.

Rapidez y Seguridad: "La vía más corta entre los pueblos de Chile" es el lema de la LAN. Y aquí, esta la demostración práctica: Los aviones plateados de la Línea Aérea Nacional (Lockheed Electra) unen a Santiago con Ovalle en 1 hora y 20 minutos; con La Serena, en 1 hora y 40 minutos; con Vallenar, en 2 horas y 20 minutos; con Copiapó, en 2 horas y 55 minutos; con Taltal, en 3 horas y 50 minutos; con Antofagasta, en 4 horas y 45 minutos; con Tocopilla, en 5 horas y 25 minutos; con Iquique, en 6 horas y 15 minutos, y con Arica, en 7 horas de vuelo. Y, los que realizan el servicio expreso (Lockheed Lodestar: 360 kilómetros por horas 100 metros por segundo), completan su rápido itinerario en la siguiente forma Santiago-Antofagasta 3 horas de vuelo; Santiago-Iquique 4 horas y 15 minutos; y Santiago Arica 5 horas de veloz y seguro vuelo

"CARGA AEREA LAN" viaja 70 veces más ligero que cualquiera otra, en distinto medio de movilización. También he aquí un detalle interesante: Todas las Encomiendas, Contra-Reembolsos ó Carga, que se despache por intermedio de cualquiera de las 19 Agencias LAN que existen y funcionan en el país, llegan a su destino, a los pocos minutos de haber aterrizado el avión que la transporta. Una perfecta organización de reparto da una garantía más a esta; que constituye un orgullo para la aviación comercial de Chile.
La Gerencia Comercial de la LAN se encuentra estudiando un plan completo de "CARGA AEREA" para aplicarlo a las rutas Norte y Sud del país. Este plan contempla el envío semanal de un avión "Lockheed Lodestar con capacidad de 2.000 kilos de carga, con el objeto de transportar frutas y artículos de primera necesidad a los distintos puntos de la nación, abaratando así el precio de las productos, que se encarecen por las dilataciones que presentan los fletes ordinarios. LAN se encuentra empañada en ofrecer a los particulares y al comercio en general esta organización de carga a una tarifa reducida, que esté al alcance de todos los chilenos, y que al mismo tiempo, no recargue el costo de los diferentes productos que hay que llevar a las distintas ciudades del país desde la capital de la República.
También, la Directiva de la LAN ha encargado a Estados Unidos una partida de modernos aviones de transporte (Lockheed Lodestar ó Douglas), los qua serán puestos en servicio apenas lleguen al país. Varios de ellos serán acondicionados especialmente para efectuar un servicio ordinario de carga entre Santiago y Arica, y Santiago y Puerto Montt. Por el momento, la Directiva de la LAN ha dispuesto la acomodación de un Lodestar para realizar un servicio de "CARGA AEREA" a la zona norte, en una fecha que se anunciará oportunamente.
Otra de las brillantes iniciativas de la Gerencia Comercial de la LAN es el servicio de urgencia que muy pronto empezará a regir en todo el país. Este nuevo servicio LAN es para el encargo de medicinas ó artículos médicos por intermedio de los aviones de la Empresa. A modo de ejemplo: Un particular necesita en Iquique una medicina, y no la encuentra en plaza, se dirige a la Agencia de la Línea Aérea Nacional, y el empleado de la LAN envía a Santiago un radiograma pidiendo el medicamento solicitado por el cliente LAN. A las 12 horas, el remedio estará en manos de quien lo necesite. 

Respecto al Lockheed L-10 Electra fue un transporte ligero comercial bimotor de corto alcance, equipado con dos motores radiales Pratt & Whitney R-985 Wasp Junior SB. Construido íntegramente en metal por Lockheed Aircraft Corporation. Contaba con un tren de aterrizaje retráctil del tipo rueda de cola y unidad de cola bideriva. Su prototipo realizó su primer vuelo el 23Feb34 y llegaron a ensamblarse 148 ejemplares de serie. Comercialmente comenzó a operar en 1934, con Northwest Airlines. Con una tripulación de dos pilotos, podía albergar hasta diez pasajeros. LAN adquirió directamente de fábrica un total de seis unidades que fueron entregadas por vía marítima y ensamblados en chile.
Detalle de los Electra de LAN Chile
* cn. 1141 Lockheed 10-A Electra - CC-224 LAN Chile 28Ene41, CC-LEN 27Ago42 "CC505", rr. CC-CLE 21Sep45 "0003". Accidentado el 04Ago47 cerro Jorgillo, al sur de Antofagasta.
* cn. 1142 Lockheed 10-A Electra - CC-225 LAN Chile Feb41, CC-LFN 27Ago42 "CC506", rr. CC-CLF 21Sep45 "0004". Accidentado en Ene47 Punto Chilota. Desmantelado.
* cn. 1145 Lockheed 10-A Electra - CC-226 LAN Chile 01Jun41, CC-LGN 27Ago42 "CC507", CC-CLG 21Sep45 "0005". CC-CLEA Abr54 "231". N210PC Inlet Airlines 1959, N10310 Flightcraft 1962 -confiscado por State of Alaska-, ZK-AWR Mackley Aviation Auckland 2016 -en restauración-.
* cn. 1146 Lockheed 10-A Electra - CC-227 LAN Chile 23Jun41, CC-LHN 27Ago42 "CC508", rr. CC-CLH 21Sep45 "0006" accidentado 01Mar48 Punta Arenas, -reparado-. CC-CBC Cinta Nov52. LV-PKR Primera Línea Aérea Santafesina Nov58, rr. LV-GGD 28Nov58. AeroNorte es 1959 Desactivado 1961, desmantelado.
* cn. 1147 Lockheed 10-A Electra - CC-228 LAN Chile 30Jun41, CC-LIN 27Ago42 "CC509" -accidentado en Longotoma 20Jun44- reparado, rr. CC-CLI 21Sep45 "0007" accidentado 27May51 Puerto Natales, reparado. CC-CBD Cinta 28Nov52. LV-PKS Primera Línea Aérea Santafesina es 1958, rr. LV-GGE 28Nov58. AeroNorte 1959. Desactivado, abandonado en Morón1963. Desmantelado.
* cn. 1148 Lockheed 10-A Electra - CC-229 LAN Chile Jun41, CC-LJN 27Ago42 "CC510", rr. CC-CLJ 21Sep45 "0008". Accidentado el 19Ene55 Victoria Malleco, - reparado. N301PC Inlet Airlines 1956?. N10309 Flightcraft Inc. 03May61 cancelado 21Oct64.

04/02/2022

El turno de La Rioja

El día 02Feb2022, el gobernador de La Rioja Ricardo Quintela anunció la creación la empresa provincial Alas La Rioja. La misma fue creada con el fin de brindar dos frecuencias semanales desde la capital de la provincia a Buenos aires. Los servicios los llevara a cabo con aeronaves de la empresa American Jet, aunque portando títulos del nuevo emprendimiento. Se estipulo que el inicio de los servicios se concrete a partir del día 09Feb2022. La justificación del caso para dar comienzo a esta idea no es nada nueva en materia de enlaces desde el interior. Según palabras del mandatario riojano: "La Rioja tiene una gran demanda y una oferta muy limitada". Actualmente La Rioja cuenta con seis vuelos semanales de la empresa estatal, cubiertas con aeronaves Embraer 190 con capacidad para 96 plazas.
Según trascendió, Alas La Rioja contará con aeronaves ERJ-145 con capacidad para 48 plazas. El acuerdo inicial es por 47 vuelos redondos (ida y vuelta) no regulares de pasajeros, carga y correo. 
American Jet SA, es una empresa creada 1984 como taxi aéreo. En el tiempo ha logrado un desarrollo operacional ofreciendo vuelos corporativos, chárter a delegaciones deportivas, eventos, grupos y desde un inicio muy emparentada a las actividades de empresas petroleras y mineras..

La creación de la presente quimera provincial acarreó las criticas de los opositores del gobernador riojano, quienes aseguran que la prioridad de un gobierno debe ser para con hospitales, escuelas;  médicos, docentes y policías. Así La Rioja se suma a la experiencia que ya fracasó en otros estados provinciales. Mientras tanto, de parte el nuevo emprendimiento ya estrenó su eslogan: "A veces, un par de alas es lo que necesitamos. La Rioja en lo más alto"...

Detalle de las aeronaves de American Jet.
* LV-HVE Embraer ERJ-145LR cn. 145380 dd. 08Jul2019 ex N14920.
* LV-IVA Embraer ERJ-145LR cn. 145240 dd. 15Ene2019 ex N833HK.

03/02/2022

Un Electra Boliviano

    El turbohélice L-188 Electra fue construido por la compañía estadounidense Lockheed Corporation a partir de 1954, como respuesta directa a un requerimiento de American Airlines. Provisto de cuatro motores Allison 501D13, desarrollaba una velocidad de 620km/h, y un alcance de 3540 km. Siendo el primer turbohélice de pasajeros producido en Estados Unidos. El prototipo realizó su primer vuelo el 06Dic57. Y su introducción al servicio comercial se produjo el 12Ene59 con la compañía Eastern Airlines. Si bien tuvo una aceptación inicial muy buena, con lista inicial de pedidos alcanzaba las 144 unidades, como muchos turbohélices, la irrupción de los aviones a reacción se conjugó en su contra.      Las empresas americanas que apostaron al Electra, pronto pusieron sus ojos en las diferentes variantes que la era del Jet comenzaba a ofrecer. Los aun nuevos Electra, se confinaron a líneas menores, o bien depararon en operadores menores y transportistas de carga. El programa sólo cosechó 170 unidades, sin embargo el modelo sirvió de base para el avión de patrulla marítima Lockheed P-3 Orion, avión que sigue en servicio en múltiples fuerzas aéreas del planeta.
    Culminaba la década del 60, y la mayoría de la empresas sudamericanas entraban en la era jet. El LAB aun contaba con una flota compuesta de aviones con motores a pistón.  Sumida en una grave crisis económica, recibió un aporte de capital de parte del estado que le permitió adquirir aeronaves Fairchild F-27. Pero en el plano de las rutas de larga distancia, ante la imposibilidad de hacerse de una aeronave a reacción en corto tiempo, se estudió la posibilidad de sumar un turbohélice. En este caso un Lockheed Electra L-188 con capacidad para 77 pasajeros. Hasta ese momento, el Electra contaba con un antecedente en la región, sirviendo alginas rutas de la empresa VARIG. En el área andina, la empresa Ecuatoriana de Aviación, había comenzado a realizar su propia experiencia con dos de estas aeronaves, tan sólo un año antes. La nave destinada al Lloyd Aéreo Boliviano se sumó en Ago68, procedente de Tulsa, Oklahoma. Anteriormente la nave había volado con American Airlines  (ex N6134A - "Flagship Memphis"), empresa con la que operó tan sólo ocho años. El interior de su cabina estaba configurado en dos cabinas. La delantera con capacidad para trasladar 17 pasajeros en primera clase, mientras que en la parte posterior se acomodaban 54 butacas de clase económica. En Bolivia el aparato sería identificado como CP-853. Vale destacar que el avión de Lockheed brindó al LAB una transición entre el pistón y el jet, que recién arribaría dos años más tarde. 
    A la llegada del turbohélice portaba un esquema completamente en metal. Seguidamente se implementó una modificación en el esquema. El cual consistió en una cubierta superior en blanco, provisto de dos cheatlines celestes enmarcaban las generosas ventanas del aparato. Los títulos cobraron mayor dimensión al espaciar sus letras en color rojo. Sobre el timón se encuadró el clásico cóndor de la aerolínea y por encima la bandera de Bolivia. La zona ventral del aparato se mantuvo en metal. Muchos definían los viajes en el Electra como "Ruidoso pero elegante".

Diagrama de vuelos del Electra a Dic68
- LB991 (Lunes) La Paz - Santa Cruz de la Sierra - Buenos Aires.
- LB993 (Miércoles) Lima - La Paz - Cochabamba - Santa Cruz de la Sierra - San Pablo.
- LB995 (Viernes) Lima - La Paz - Cochabamba - Santa Cruz de la Sierra - Buenos Aires.
- LB996 (Lunes y Sábado) La Paz - Cochabamba.

    El avión fue utilizado por LAB de manera intensa hasta la llegada del primer Boeing 727. De acuerdo a comentarios de un articulo publicado por Jonathan Olguín, en su sitio Aviación Boliviana, las prestaciones del avión respecto a las necesidades propias de la aerolínea quedaron cortas. A partir de ese momento, se buscó un reemplazo necesario.  En 1970, Lloyd Aéreo Boliviano entró a la era del reactor, adquiriendo su primer Boeing 727-1A0. Desde entonces, LAB comenzó a incrementar sus frecuencias a los destinos sudamericanos. En un principio, el turbohélice fue replegado a las rutas internas, y a servir de soporte de los reactores. El día 16Mar70 la empresa boliviana solicitó permisos ante el organismo responsable argentino bajo Expediente nº 2285/70 con el fin de incorporar el trirreactor en ruta con destino a Ezeiza. La nueva máquina aumentaba considerablemente la oferta, transportando 119 pasajeros en desmedro de los 70 del DC-6 y 77 del Lockheed, al tiempo que representó un considerable ahorro de tiempo, debida cuenta que para el Boeing, el total del periplo demandaba 2 horas 30 minutos contra las tres horas 10 minutos que insumía volar con el Electra. 
    Por otro lado, la introducción de los tres Fairchild F-27J, -en reemplazo de los Douglas DC-3-, posibilitaban a la aerolínea una mayor flexibilidad de volar al interior del país, sobre estaciones aéreas cuyas instalaciones era poco preparadas. Quedaba claro que el Electra quedaba chico para lo regional/internacional y grande para lo domestico.

Diagrama de vuelos del Electra a Jun70
- LB901 (Lunes) La Paz - Cochabamba.
- LB902 (Martes) La Paz - Cochabamba - Santa Cruz de la Sierra.
- LB903 (Miércoles) La Paz - Cochabamba.
- LB904 (Jueves) La Paz - Cochabamba - Santa Cruz de la Sierra.
- LB905 (Viernes) La Paz - Cochabamba.
- LB906 (Sábado) La Paz - Cochabamba - Santa Cruz de la Sierra.
- LB906b (Sábado) La Paz - Cochabamba.
- LB907 (Domingo) Cochabamba - Santa Cruz de la Sierra.

    De esta manera el Lockheed Electra quedó como back up de las operaciones por un tiempo, y casi relegó del servicio a los Douglas DC-6. En el segundo semestre del año 1973 el Lockheed fue transferido a la Fuerza Aérea Boliviana, siendo afectado a los servicios con el TAM. Otras fuentes citan que la transferencia se concretó en Ene74. El aparato recibió la identificación TAM-69Durante ese mismo año, el Electra fue remitido al Reino Unido donde fue sometido a un intenso overhaul.  
    En Dic74 el estado boliviano emitió un Decreto Supremo (N°12053) por el que se le autorizó la partida presupuestaria correspondiente a 15.000.000 de pesos bolivianos, a fin de que el aparato fuera recorrido a cero hora. Dicho documento fue refrendado por el entonces presidente General Hugo Banzer Suárez.
    Aproximadamente a partir de 1975 fue rematriculado como TAM-01. En la Fuerza Aérea Boliviana, el aparato brindó un salto de calidad, ya que hasta ese momento, las aeronaves de mayor capacidad respondían a los Douglas DC-4, provistos de motores a pistón. El Electra brindo servicios al TAM, pero también efectuó un sinnúmero de vuelos chárter, -especialmente destinados a delegaciones deportivas y culturales-, y eventualmente sirvió para realizar traslado de comitivas presidenciales.
    El día 28May84 el TAM-01, arribó a aeropuerto El Alto procedente de la ciudad de Porto Alegre, Brasil, donde por espacio se cuatro meses fue sometido a trabajos de mantenimiento -inspección de 3000 horas-. Las tareas estuvieron a cargo del área tecnica de la compañía VARIG.
    
Poseer una sola aeronave de su tipo supone una dedicación especial a la hora del mantenimiento. Aun así, este avión se mantuvo en servicio hasta inicio de los años 90s, cuando llegó al limite de horas de operación. El turbohélice fue
 almacenado en el aeropuerto El Alto, promediando la década del 90. En Sep97 fue reportado con algunos faltantes. Para Mar2000, se daba cuenta que la nave no contaba con ninguno de sus plantas de poder. Se mantuvo en tal situación hasta que en Oct2015 fue restaurado y asignado al Museo Aeroespacial de la FAB emplazado dentro de la Base Aérea, a partir de 2015, donde recobró su identidad TAM-69.

Detalle de la aeronave
* cn. 1125 Lockheed 188A-08-10 FF. 22Feb60 - N6134A American Airlines 25Feb60  "Flagship Memphis" - Flt. 134; CP-853 Lloyd Aéreo Boliviano 12Ago68; TAM-69 Fuerza Aérea Boliviana / TAM Ene74; TAM-01 May75 - TAM-69 Desactivado. Preservado en el Museo Nacional de Aeronáutica.

Agradecimiento:  Jonathan Olguín / Aviación Boliviana. / Air International.

02/02/2022

COPA nuevamente en Rosario

A las 23.54 horas del día 01Feb2022 el aeropuerto de Rosario recibió nuevamente las operaciones de COPA -vuelo CM805-. Como se recordará, el cierre dispuesto por las autoridades nacionales, como única medida preventiva por meses, puso en jaque la mayor parte de las actividades comerciales. El turismo y las actividades emparentadas con el trafico aéreo virtualmente dejaron de existir. Reconectar el interior del país supone una tarea titánica, a la que que afortunadamente Copa Airlines se ha sumado. La empresa brinda desde Ciudad de Panamá, enlaces al Caribe y todo Estados Unidos. Fuentes de la aerolínea comunicaron que en una primera etapa, los vuelos partirán desde Rosario los días martes, jueves y domingos. En tanto, a partir del 08Feb2022 se sumará una frecuencia los día sábados. La empresa panameña había iniciado sus servicios el día 01Jul2016. En aquella circunstancia adoptó un esquema muy significativo para la ciudad, portando los emblemas de los dos equipos de fútbol más representativos de la ciudad. Buenos vuelos COPA!

Detalle de la aeronave
* cn. 40780/4179 Boeing 737-8V3WL - FF. 29Ago2012 - HP-1825CMP Copa Airlines 18Sep2012.

Agradecimiento: Ricardo Ohoka.

01/02/2022

United Airlines: 30 años en Argentina

El día 01Feb92, aterrizaba el primer vuelo regular de United Airlines en el aeropuerto de Ezeiza. El desembarco de este gigante se produjo con posterioridad a la caída de Pan American en Dic91. Ya han pasado 30 años desde entonces. La aerolínea americana inició sus operaciones utilizando aviones Boeing 747-122/222. 

Diagrama de vuelos de United Airlines en 1992
* UA987/8 - Boston - Nueva York - Río de Janeiro - Buenos Aires (martes - jueves y sábados) - # Desde 14Feb93 se modificó a diario.
* UA990 - Miami - Buenos Aires (diarios). - # Desde 14Feb93.

A los servicios iniciales, United Airlines pronto añadió un enlace directo a Miami, tres veces por semana. En el tiempo la empresa ha sabido emplear una gama de aeronaves como los Boeing 747-SP, Boeing 767-200/300, y Boeing 777-222/322. También realizaron publicidades graficas con Boeing 747-444, no obstante no ha habido demasiados reportes al respecto.  Desde el día 03Mar2012, Continental y United Airlines fusionaron sus sistemas de gestión de pasajeros, los programas de viajero frecuente y sitios web, oficialmente eliminado el nombre y la marca Continental en cuanto al público se refiere. La empresa preservó su nombre y adoptó un esquema más "parecido" al que portaba Continental.
A partir del día 25Oct2015, la empresa introdujo a sus Dreamliner en los servicios en Ezeiza. La Pandemia que abatió al mundo desde 2019 erosionó todo a su paso. Por ende, las empresas debieron ir rearmando sus esquemas en búsqueda de la normalización de sus actividades. El día 02Oct2020 reinició su servicio UA819 diario desde Houston, el cual hace su arribo en horas de la mañana y regresa a los EE.UU. por la noche. United Airlines: 30 años en Argentina. Parece tan solo ayer.

Detalle de los Boeing 787 de United Airlines
* N27901 Boeing 787-824 cn. 34821/45 dd. 27Dic2012.
* N26902 Boeing 787-824 cn. 34822/50 dd. 21Nov2012.
* N27903 Boeing 787-824 cn. 34823/52 dd. 20Dic2012.
* N20904 Boeing 787-824 cn. 34824/53 dd. 23Sep2012.
* N45905 Boeing 787-824 cn. 34825/55 dd. 14Dic2012.
* N26910 Boeing 787-8 cn. 34826/145 dd. 22Mar2014.
* N26909 Boeing 787-8 cn. 34827/135 dd. 28Ene2014.
* N28912 Boeing 787-8 cn. 34828/186 dd. 27Jun2014.
* N26906 Boeing 787-824 cn. 34829/77 dd. 01Nov2012.
* N29907 Boeing 787-8 cn. 34830/117 dd. 01Ago2013.
* N30913 Boeing 787-8 cn. 35879/238 dd. 17Dic2014.
* N36962 Boeing 787-9 cn. 35880/365 dd. 01Dic2015.
* N27908 Boeing 787-8 cn. 36400/124 dd. 13Nov2013.
* N38950 Boeing 787-9 cn. 36401/181 dd. 16Sep2014.
* N19951 Boeing 787-9 cn. 36402/223 dd. 31Oct2014.
* N26952 Boeing 787-9 cn. 36403/263 dd. 19Feb2015.
* N35953 Boeing 787-9 cn. 36404/269 dd. 17Mar2015.
* N13954 Boeing 787-9 cn. 36405/275 dd. 31Mar2015.
* N27958 Boeing 787-9 cn. 36406/342 dd. 18Sep2015.
* N27959 Boeing 787-9 cn. 36407/348 dd. 25Sep2015.
* N26960 Boeing 787-9 cn. 36408/355 dd. 06Nov2015.
* N27957 Boeing 787-9 cn. 36409/334 dd. 01Sep2015.
* N29961 Boeing 787-9 cn. 37811/363 dd. 25Nov2015.
* N17963 Boeing 787-9 cn. 37812/390 dd. 26Ene2016.
* N27964 Boeing 787-9 cn. 37813/398 dd. 19Feb2016.
* N38955 Boeing 787-9 cn. 37814/297 dd. 27May2015.
* N27965 Boeing 787-9 cn. 37815/402 dd. 24Feb2016.
* N45956 Boeing 787-9 cn. 40918/324 dd. 28Jul/2015.
* N12010 Boeing 787-10 cn. 40926/948 dd. 24Dic/2019.
* N91007 Boeing 787-10 cn. 40929/548 dd. 17May2019.
* N17002 Boeing 787-10 cn. 40930/763 dd. 01Dic2018.
* N13013 Boeing 787-10 cn. 40931/996 dd. 11Abr2020.
* N14011 Boeing 787-10 cn. 40934/950 dd. 30Dic2019.
* N12003 Boeing 787-10 cn. 40935/782 dd. 20Dic2018.
* N14001 Boeing 787-10 cn. 40936/731 dd. 06Nov2018.
* N12005 Boeing 787-10 cn. 40937/800 dd. 21Feb/2019.
* N16009 Boeing 787-10 cn. 40938/828 dd. 27Abr2019.
* N24972 Boeing 787-9 cn. 40939/649 dd. 18Ene2018.
* N24973 Boeing 787-9 cn. 40941/661 dd. 12Feb2018.
* N24974 Boeing 787-9 cn. 40942/663 dd. 16Feb2018.
* N16008 Boeing 787-10 cn. 60138/822 dd. 30Mar2019.
* N12004 Boeing 787-10 cn. 60139/795 dd. 01Feb2019.
* N12006 Boeing 787-10 cn. 60140/814 dd. 24/3/2019.
* N29968 Boeing 787-9 cn. 60141/516 dd. 06Ene2017.
* N15969 Boeing 787-9 cn. 60142/531 dd. 16Feb2017.
* N26966 Boeing 787-9 cn. 60143/443 dd. 25Jun2016.
* N26967 Boeing 787-9 cn. 60144/445 dd. 22Jun2016.
* N12012 Boeing 787-10 cn. 60145/964 dd. 07Feb2020.
* N26970 Boeing 787-9 cn. 60146/591 dd. 17Ago2017.
* N29971 Boeing 787-9 cn. 60147/642 dd. 10Ene2018.
* N29975 Boeing 787-9 cn. 66134/960 dd. 31Ene2020.
* N24976 Boeing 787-9 cn. 66135/970 dd. 12Feb2020.
* N29977 Boeing 787-9 cn. 66136/974 dd. 27Feb/2020.
* N29978 Boeing 787-9 cn. 66137/986 dd. 24Abr2020.
* N24980 Boeing 787-9 cn. 66138/1018 dd. 01Ago2020.
* N25982 Boeing 787-9 cn. 66139/1030 dd. 30Sep2020.
* N23983 Boeing 787-9 cn. 66140/1038 dd. 29Sep2020.
* N24979 Boeing 787-9 cn. 66141/1004 dd. 30Abr2020.
* N29981 Boeing 787-9 cn. 66142/1022 dd. 05Ago2020.
* N29984 Boeing 787-9 cn. 66143/1044 dd. 30Sep/2020.
* N29985 Boeing 787-9 cn. 66144/1048 dd. 27Mar2021.
* N19986 Boeing 787-9 cn. 66145/1054 dd. 07Abr2021.
* N28987 Boeing 787-9 cn. 66146/1058 dd. 30Mar2021.