28/02/2022

Escocia en Córdoba

Se recuerda que en oportunidad del Mundial de fútbol de 1978, el combinado francés de hizo su arribo a todo glamour abordo de un Concorde de Air France. Otros seleccionados tuvieron vuelos especiales como el de Alemania en un Boeing 707 de Lufthansa y Holanda que llegó directamente a Mendoza, en un DC-8 de KLM. Otros como Escocia, -"Tartan Army"-, llegó a Ezeiza en el McDonnell Douglas DC-10 G-BEBM de British Caledonian. Una empresa que por esos días operaba regularmente en Ezeiza
La selección de Escocia habiendo ganado holgadamente el Grupo 7 de la eliminatoria de la UEFA, se asomaba como uno de los grandes protagonistas del certamen. Su seleccionador, Ally MacLeod había fogoneado las esperanzas escocesas afirmando que volverían a las "Tierras Altas" con una medalla. Miles de aficionados escoltaron al equipo en su ruta al aeropuerto de Prestwick antes de viajar a Sudamérica, plagando el camino de una interminable multitud vestida con una de las camisetas más lindas del fútbol.
El 25May78, desde el aeropuerto escoces, la aeronave voló sobre la ruta Gatwick, Recife, Río de Janeiro, San Pablo y Ezeiza. Vuelo BR9661, que demandó 15 horas 55 minuto en total. Desde su llegada a suelo argentino el 26May78, la delegación partió a Córdoba, en el Fokker F-28 Fellowship TC-53. El EAM 78 -Ente Autárquico Mundial 78- fue una entidad creada en 1976 para organizar la Copa Mundial de Fútbol de 1978. Y oportunamente proporcionó enlaces con aeronaves de la Fuerza Aérea Argentina/LADE. Para los traslados terrestres puso a disposición de cada una de las selecciones autobuses Mercedes Benz O170, carrozados por la empresa El Detalle.
El equipo escoses había escogido como base de operaciones el Sierras Hotel de Alta Gracia, a 40 kilómetros de la Ciudad de Córdoba. El autobús que llevó al equipo a su hotel presentó una avería en mitad de una colina y los jugadores debieron seguir el trayecto a pie. El transcurso del cotejo mundial, no fue mejor. Escocia perdió el primer encuentro ante Perú, por 1:3. El segundo partido, ante Irán, fue un decepcionante empate 1:1 y finalizó su participación con una gran victoria 3-2 ante Holanda. Aun así no le alcanzó para alcanzar el segundo lugar, ya que igualo en puntos a los holandeses, pero estos últimos imperaron por diferencia de gol. No obstante su visita no pasó desapercibida. A pesar del crudo invierno cordobés, muchos simpatizantes deambularon desprovistos de ropa, pero abrigados en alcohol, y con la alegría que los caracteriza junto al particular sonido de muchas gaitas.

Detalle de la aeronaves utilizadas por el conjunto escoses
cn. 46921/214 McDonnell Douglas DC-10-30 - FF. 10Jul75 - N8704Q McDonnell Douglas, rr. N54640 01Oct975, G-BEBM British Caledonian Airways 23Feb77 "Robert Burns", British Airways 14Abr88, Industrial Bank of Japan Jul91, British Airways lb. Jul91, almacenado 22Oct98, N608GC Gemini Air Cargo 02Jul99, -convertido en carguero-, 5X-BON DAS Air 24Dic2003 li. Finova Tobruk Air Mar2006 li. - N811SL International Trading Company Almacenado Dic2006. PR-LGO Varig Log Ntu. Nov2007, C-GKFA Kelowna Flightcraft 10Sep2008, almacenado Abr2015, desmantelado Ago2015 en Hamilton Airport.
* cn. 11020 Fokker F-28 Mk.1000 Fellowship - FF. 17Mar70 - PH-ZAP Fokker 13Mar70, N283FH Fairchild Hiller Corp. 26Jun70, PH-EXX Fokker 02Abr75, -convertido a 1000C provisto de una puerta de carga Abr75 -, TC-53 Fuerza Aérea Argentina 07May75. 

26/02/2022

Un Citation para Río Negro

Por medio de una información de Infobae, pudo conocerse que el gobierno de Río Negro adquirió un Cessna Citation V Ultra, que llegaría al país en May2022. El aparato habría sido comprado a la firma Gantt Aviation Inc. de Texas, por medio de la firma representante Argentina Latinoamericana SA./Nell Joy Ind. El monto de la operación habría superado los 4.200.000 dólares. El estado provincial emitió la resolución N° 104, que avala esa operación.
Como en otras realidades del interior argentino, se presenta la aeronave como una plataforma para el traslado sanitario. En el presente caso, se anunció que el aparato se integrará al Sistema Integral de Atención Rionegrina de Medicina de Emergencia (SIARME), pero además, de forma sincera se anticipó que estará disponible al traslado de autoridades provinciales. Una vez en el país, el jet estará a cargo de la Dirección de Aeronáutica de Río Negro. Según datos proporcionados de la empresa vendedora, el aparato cuenta con 5946 horas de vuelo, y 4500 aterrizajes . Está provisto de dos motores Pratt & Whittney JT15D-5D. Su interior está configurado con 7 butacas y un lavatorio.

Detalle de la aeronave
* cn. 560-0270 Cessna 560 Citation Ultra - N68HC Hospital Corp. of America Nov94, N68HQ Jack Henry & Associates 22Jun2000, rr. N159JH 02Oct2000, rr. N4FC 08Jul2002, N394CK Lone Wolf Aviation LLC 09Nov2006, N404MU Midwest Underground Inc. 21Oct2010, Carolina Corporate Jets 14Jun2012, N888PA Paul America Inc. 14Sep2012, C6-AIP Trans Island Airways 02Dic2013, N560PG Pollard Aircraft 25May2021, N115GS Gulf State Aviation Llc 22Jun2021.

25/02/2022

Detalle de los Lear Jet de la Fuerza Aérea Boliviana

En Bolivia existen reportes de trabajos de fotografía aérea que datan de mediados del año 1928, habiéndose empleado en aquellos tiempos un avión Breguet XIX, sobre el cual le montaron cámaras “Gaumont” f-26. Durante aquellos días se llegó a cubrir el área de la ciudad de La Paz, y sus inmediaciones. La Guerra del Chaco, no fue ajena a las bondades de esta herramienta y a fin de reconocer los terrenos de las contiendas, la fotografía aérea resultó vital. Por medio de esta tradición ejercida, la Fuerza Aérea Boliviana procuró incorporar a mediados de los años 70s un par de modernos Lear Jet destinados a estas labores. La primera aeronave en llegar se sumó al Escuadrón 810, con asiento en la Base Aérea de La Paz, y fue identificada como FAB-008.
Es de destacar que el presente reactor contó en la región con la aceptación de numerosos operadores militares. En el caso de Bolivia, puede decirse que la decisión de sumar el Lear Jet fue una suerte de pionero, ya que para esa fecha solamente la Fuerza Aérea del Perú contaba con este tipo de aeronaves en sus filas desde sólo un año antes. Posteriormente las Fuerzas Armadas de Ecuador (1975), Chile (1976), Argentina (1977) y Uruguay (1981), optarían por incorporar el modelo. Tal como se especificó, los aparatos bolivianos estaban destinados a cumplir funciones de aerofotogrametría, aun así, en más de una ocasión se los empleó en funciones de traslado VIP.
El Decreto Supremo N° 13568 dictado el día 14May76, firmado por el presidente Hugo Banzer Suárez, autorizó al Comando de la Fuerza Aérea de Bolivia la adquisición de un segundo avión Gates Lear Jet 25D. La transacción se concretó a través del representante en Bolivia, la empresa Aero-Andes Ltda. Con la presente aeronave, la Fuerza Aérea Boliviana intentó incrementar su capacidad operativa de su servicio Aerofotogramétrico. En la compra del presente aparato se facultó al Banco Central de Bolivia, a extender aval, mediante Carta de Garantía en favor de Gates Lear Jet, Wichita Kansas, en Ago76.
Por mucho tiempo, los servicios de reparación de ambas aeronaves se llevaron a cabo fuera del país, según surge de la Resolución Suprema: 196293 emitida el 22Oct81, la cual autorizaba la salida del país, de la aeronave Learjet FAB-008 a la sede del fabricante en Wichita-Kansas, a efectos de someterla a inspección y reparación de 1.300 horas.
La Resolución Suprema: 198984 del día 28Mar84 autorizó al Servicio Nacional de Aerofotogrametría, dependiente de la Fuerza Aérea Boliviana, proceder al pago de 10.322.33 dólares, en favor de la Fábrica Gates Lear Jet, correspondiente a la provisión de repuestos, lubricantes, combustibles y órdenes técnicas para la aeronave Lear Jet, FAB-010.
El Decreto Supremo N° 20355 del 25Jul84, se autorizó al Servicio Nacional de Aerofotogrametría la adquisición de equipos fotográficos Wildheerbrugg AC. de Suiza. destinados a los Lear Jet. La operación se llevó a cabo mediante el representante en Bolivia Corimex Ltda.
Mediante Decreto Supremo N° 21467 del 08Dic86 refrendado por el presidente Hernán Siles Zuazo, se autorizó al Servicio Nacional de Aerofotogrametría a trasladar la aeronave FAB-008, a fin de ser sometida a inspección especial de 12 años y 400 horas programadas en las turbinas, estructuras de fuselaje, aniónicos y otros de acuerdo con la firma fabricante Gates Learjet Corporation Wichita-Kansas.
El Servicio Nacional de Aerofotogrametría además de los Lear Jet cuenta con otras dos maquinas, un Cessna 402 y un Beechcraft E-90.
A fines de Ago2009 sólo se mantenía en vuelo el FAB-010, y era muy utilizado por el vicepresidente Álvaro García, al igual que el ministro de defensa y los comandantes de las FFAA. Mientras que la aeronave FAB-008, se mantenía en tierra ya que requería de un cambio de las plantas de poder.
En Ago2012 el Lear FAB-008 acompaño a la delegación Boliviana que se hizo presente en Córdoba junto a 4 aviones Hongdu K-8 y un Fokker F-27.
El día 15Dic2020 se cursó un permiso para la adquisición de repuestos y accesorios destinados a la inspección programada de la aeronave FAB-008. Siendo adjudicataria de los mismos la firma Quantum Global Inc. Se estima que el FAB-008 se encuentra operativo, ya que desde el estado boliviano el día 16Sep2021 cursó un giro destinado a abonar el seguro pertinente para su operación. Esta máquina fue reportada en La Paz el 07Feb2021.
Respecto al FAB-010, su último reporte en servicio conocido data de Sep2012 cuando fue observado en vuelo sobre La Paz. En May2018 fue detectado estacionado en La Paz. En resumen estos nobles aparatos con más de cuatro décadas en actividad, parece que van por más.
Detalle de las aeronaves
* cn. 25B-192 Gates Lear Jet 25B - N1128J - FAB-008 Fuerza Aérea Boliviana dd. Jul75.
* cn. 25D-211 Gates Lear Jet 25D - N3514F - FAB-010 Fuerza Aérea Boliviana dd. 08Dic76, accidentado 05Ago91, reparado.
* cn. 35A-152 Gates Lear Jet 35A - (1977) - N101HB Firk Hawaiian Bank br78, N964CL Clay Lacy A Aviation 21Abr83, FAB-009 Fuerza Aérea Boliviana 12jun90, N964CL AIG Aviation Inc. Abr99, Charles Collins Aviation Inc. s/d. Tyler Jet LLC s/d. Sugar Land Jet Center Inc. s/d. Aircraft R Us Corp. s/d. XA-RIN Líneas Aéreas Ejecutivas de Durango Feb2001. XA-WIN Aero J. L. S. Ene2007.
- Fuentes & Agradecimientos: snabol.com.bo / Jonathan Olguín.

23/02/2022

La visita de un Fairchild

-El F-27 en la Plataforma Militar de Aeroparque, delante de un Dove de la Fuerza Aérea Argentina-
    El día 10Dic58 arribó al aeroparque metropolitano de Buenos Aires un avión Fairchild F-27, versión americana del turbohélice Fokker Friendship construido bajo licencia en Hagerstown, Maryland. El aparato por esos días llevaba a cabo una gira promocional. La comisión del fabricante americano estuvo encabezada por el representante de ventas en el exterior, Lawrence Hendelson. Diversos agentes de prensa e invitados especiales participaron del vuelo de presentación. Concluida la visita a Buenos Aires, el día 15Dic58, el avión partió rumbo a la ciudad de Resistencia y Asunción (Paraguay), dando continuidad al Sales Tour.  El aparato empleado portaba los colores de Aerovías Venezolanas SA. (Avensa), y había sido movilizado especialmente desde Caracas, realizando escalas en Lima y Santiago de Chile. La empresa venezolana había introducido en servicio regular los F-27 tan sólo unos meses antes, -el 03Oct58-. Avensa llegó a operar cinco de estas unidades entre los años 1958 y 1963, y al momento de la visita, la totalidad de estos ejemplares habían sido entregados.
 
Detalle de los Fairchild F-27  de Avensa
* YV-C-EVK Fairchild F-27 cn. 13 dd. 25Sep58.
* YV-C-EVQ Fairchild F-27 cn. 26 dd. 05Dic58.
YV-C-EVH Fairchild F-27 cn. 12 dd. 18Sep58.
YV-C-EVP Fairchild F-27 cn. 25 dd. 03Dic58.
YV-C-EVS Fairchild F-27 cn. 24 dd. 05Dic58.

    Contemporáneamente las autoridades nacionales anunciaban la intención de adquirir diez aviones de este tipo, para la compañía estatal. El precio por unidad del modelo F-27, según la revista Aviation Week de la época rondaba entre los 590.000 y 660.000 dólares según la versión requerida. Estimaciones del mismo medio esgrimían que debían venderse unas 300 unidades para amortizar los gastos del programa. En tal sentido puede entenderse aquellas fatigosas giras, en la lucha de lograr un nuevo usuario. Finalmente en la edición del 22Ene59, el matutino La Nación oficializaba la orden de compra por 10 Fairchild F-27  para la empresa nacional. Esta operación con la empresa Fairchild Engine and Airplane Corporation contaba con el guiño del Poder Ejecutivo, y fue acordada entre Lawrence Hendelson de parte del constructor americano y el comodoro Juan José Guiraldes representando a la aerolínea local. Asimismo, el acuerdo signado contemplaba una opción por 10 ejemplares adicionales. El compromiso fue reafirmado en Abr59. Sin embargo, en menos de un año, esta compra había quedado sin efecto. 
    Tal como cita el blog amigo Línea ALA, un Fairchild F-27 se presentó nuevamente en "sales tour" en Argentina el 19Jun60. En esta oportunidad el aparato llegó hasta en el viejo aeródromo de Villa Harding Green (Bahía Blanca). La aeronave estaba tripulada por pilotos estadounidenses, y transportó autoridades de la empresa estatal juntamente con pilotos y técnicos. Desde allí, el avión partió rumbo a San Carlos de Bariloche y Esquel. Los ejecutivos de Fairchild intentaban seducir a potenciales clientes como Aerotransportes Litoral Argentino -ALA-. 
Pero Fairchild no era la única empresa deambulando por la zona. Con un mes de antelación, el modelo inglés Handley Page Herald, el 15May60 se había hecho presente en Argentina. -ver Las giras del Herald y la visita del Duque-.
    Durante Jul60, Fairchild dispuso una segunda visita promocional, en este caso se empleó la aeronave N2712R, cn. 48, luciendo colores del fabricante. Sin embargo, finalmente en Mar61 el estado argentino encargó nueve unidades del turbohélice inglés Avro 748 -Ver Recuerdos de la Perdiz-. Situación que terminó por hacer agua las intenciones de Fairchild de lograr un ápice del mercado argentino. Por su parte, las aspiraciones en la conquista de ALA tampoco fueron exitosas, dado que esta empresa cursó un pedido por ejemplares Fokker F-27. Estos, finalmente no arribarían al país, a pesar que algunos de ellos hasta llegaron a lucir esquema y títulos de la aerolínea. -ver "Los cuatro que estuvieron a punto de venir"-.
    Respecto al modelo, en total se construyeron 131 Fairchild F-27 seguidos de 79 pertenecientes a la versión alargada FH-227. Muchos de ellos pasaron por diversos operadores, y recobraron vida cuando se promovió la apertura de cielos en los EE.UU. que comenzó a demandar aeronaves de alimentación a las líneas troncales. Los F-27 llegarían al país después de muchos años, en principio de la mano de CATA Línea Aérea, que adquirió algunos de estos turbohélices procedentes de la empresa Horizon. Años más tarde sería el turno de AeroSur Patagónica. Pero eso es motivo de otra historia, y claro está, los aviones contaban con muchas horas y ciclos en su haber.

21/02/2022

El Grumman G-21 Goose y la Misión Naval Argentina en Paraguay

Ir a una biblioteca, solía ser frecuente para quienes cursamos estudios primarios y secundarios entre los años 70/80. Nostálgicamente, afirmo que si uno le tomaba el gusto, y el tiempo, llegaba a generar un método que brindaba cierta rapidez en cumplimiento de las tareas escolares, para dar lugar a la investigaciones más cercanas a los intereses propios. A menudo, encontrando datos simplemente uno no sólo aprendía, sino que ese conocimiento acarreaba la sorpresa lógica del descubrir. Hoy, en tiempos de internet, la sorpresa se mantiene. Y aunque todo parece más accesible, las bibliotecas siguen guardando secretos que sorprenden mucho más que algo compartido a granel en las redes. Con esa vivencia, recorriendo rincones de mi computadora, recalé en el directorio de Carlos Boisen. Con la sorpresa propia de aquellos días de biblioteca, me topé con uno de sus clásicos trípticos que Carlos oportunamente me había compartido. Por alguna razón caprichosa, quiso redescubrirse ya que no lo había publicado. Simplemente estaba allí. Solo me hallaba buscando algo, y reencontré al recordado amigo, con su trabajo. Y por cierto resultó tan grato como la sorpresa propia de aquellos días de biblioteca.
 
El Grumman G-21 Goose  fue un transporte ligero anfibio, de ala alta, desarrollado por la empresa Grumman Aircraft Engineering Corporation. El aparato fue equipado con dos motores radiales Pratt & Whitney Wasp Junior SB de 336 kW (450 hp), y en su interior se acomodaban hasta siete pasajeros. Si bien fue desarrollado como una suerte de yate volador, el inicio de las hostilidades de la II Guerra Mundial, le otorgó un rol fundamente en las filas de la US Navy que lo operó desde 1937 hasta 1945. Esta circunstancia ciertamente lo catapultó a ser protagonista en diversas fuerzas armadas del mundo.  En 1946 la Marina Argentina sumó seis unidades del tipo G-21A/Goose/JRF-5/6B. Los cuales operaron dentro de la 3er Escuadrilla de Patrulleros de la 2da Escuadra Aeronaval. Los elementos supervivientes permanecieron en servicio hasta el año 1956. Algunos de estos aparatos se transfirieron a la Prefectura Naval y otros fueron donados al Paraguay, dentro de lo que se denominó Misión Naval Paraguaya.
Detalle de la aeronave
* cn. 1144 Grumman JRF-6B/Goose MK.IA (Model G-38) - BW797 Royal Navy ntu. FP-494 ntu., 66345 US Navy 1945, desafectado el 30Sep46, NC95429 Bay Valley Airservices 10Jun47, M. P. Efferson & Associates 26May48, 0294 Aviación Naval Argentina 10Jun48, PGM-5 Prefectura General Marítima Oct48, 0294/3-P-24 Aviación Naval Argentina es 1952, 0294/2-P-23 es 1953, 0294/3-P-53 es 1955, 0294/3-G-8 es 1957, PM-8 Prefectura Naval s/d., MNA-11 Misión Naval Paraguaya May64, 129 Aviación Naval Paraguaya 13Sep68. Desactivado en 1968?, mdf. -cn. B-29-  N3283 Wilton R. “Dick” Probert/ Catalina Air Lines Oct68, Caribbean Fying Boats Inc. ca. 1970 (op. Antilles Air Boats), Antilles Air Boats Mar79, Dean Franklin/Amphibian Sales ca. 1982. Reportado en Opa Locka Florida montado sobre un camión Oct83. Kane K. Baker Oct85, David Cushnir Mar88/13, probablemente desmantelado 2013.

20/02/2022

Un KC-10A en Ezeiza

El día 19Feb2022, a las 17.07 horas sorprendió el arribo por pista 35 de un McDonnell Douglas KC-10A Extender de la US Air Force al aeropuerto de Ezeiza, -vuelo RCH10-, procedente de Panamá Pacífico International Airport. La partida del avión se programó para el 20Feb2022, con destino a su asiento tradicional, Travis AFB, California.
El McDonnell Douglas KC-10 Extender es una aeronave de reabastecimiento desarrollada a inicios de los años 80 sobre la base del McDonnell Douglas DC-10. Los aviones estuvieron destinados para la US Air Force, provistos de tres motores General Electric CF6-50C2. Esta orden oportunamente resultó un espaldarazo para el fabricante de Long Beach, que intentaba salir de la crisis a la que se vio sometida luego que la Federal Aviation Administration le retirara temporalmente el certificado de aeronavegabilidad del aparato a causa de una serie de accidentes que se iniciaron a fines de los años 70. Los aviones cisternas se produjeron entre 1981 a 1988, llegándose a ensamblar 60 unidades. La Koninklijke Luchtmacht, de los Países Bajos utilizó modelos similares, pero estos se trataban de DC-10-30 civiles modificados para tal fin.

Detalle de la aeronave
* 48251/426 McDonnell Douglas KC-10A Extender - 18Nov86, 86-0038 McDonnell Douglas Corporation, 86-0038 US. Air Force 31Ene87. "Shady J Express" operó con 4th Wing Abr92. Active dd. Sep94 opera con 60th Air Mobility Wing at Travis AFB, California.

Agradecimientos: Ricardo Ohoka & Esteban Aguirre

19/02/2022

Un Morane en Feriagro

La muestra anual Feriagro, es un evento se desarrolla que desde el 17 al 20Feb2022 en el predio municipal del departamento mendocino de Luján de Cuyo. En cada edición brinda una amplia agenda cultural. En la presente ocasión, el municipio local estableció un espacio especial dedicado a los Veteranos de Guerra del Atlántico Sur, el cual fue denominado "Tierra de Héroes". La muestra tiene lugar, en coincidencia con la próxima conmemoración de las cuatro décadas del inicio del conflicto. De esta manera los asistentes podrán acceder a diferentes elementos de las fuerzas armadas. Dentro del presente espació se destacó de forma temporal una aeronave Morane-Saulnier MS.760. Si bien este modelo no fue oportunamente movilizado al teatro de operaciones, sí ha tenido un gran mérito en la formación de las tripulaciones que se destacaron con valor en la contienda.

Detalle de la aeronave
* cn. 3 Morane-Saulnier MS.760  A-01 Fuerza Aérea Argentina dd. 01May58 rr. E-201 - Preservado IV Brigada Aérea - Mendoza.

18/02/2022

El fuego sobre Corrientes

El 30Ene2022 se registró el primer foco de incendio en Corrientes. Desde ese día el avance del fuego perjudicó a diversas actividades y obligó a los productores a abandonar sus tareas e intentar lo imposible, incluso tomando el rol de bomberos voluntarios. Las autoridades nacionales, incluso los nominados especialmente a actuar en este tipo de siniestros, desde un principio se mantuvieron ajenos a la problemática. Pudiendo ser vistos recorriendo diversas partes del mundo, en los primeros días del desarrollo de esta tragedia.
Recién el día 04Feb2022 se remitieron a la provincia dos aviones hidrantes. Uno de ellos se había desplegado en el Aero Club Mercedes. Desde allí, desplegaba la titánica tarea de cubrir la totalidad de la superficie correntina.
El 13Feb2022, unidades del Ejercito Argentino brindaron su apoyo con personal y medios en el combate de los incendios forestales en las zonas de San Miguel, Villa Olivari y Mbarucuyá. Se reportó la presencia del Bell UH-1 AE-408. La Fuerza Aérea Argentina aportó un Bell 412EP. Se estima que unas 800 mil hectáreas resultaron arrasadas por el fuego, esto equivale al 9% de la superficie de la provincia.
El día 14Feb2022 un PZL-Mielec M-18 Dromader -LV-CEQ- contratado por la provincia de Corrientes, se incendió mientras estaba prestando servicio en el departamento de Ituzaingó. La aeronave fue consumida por el fuego a causa de un desperfecto eléctrico en momentos que cargaba combustible. Vale aclarar que el 16Ene2022, ya se había perdido una aeronave Air Tractor AT-602, -LV-WZE-, accidentada poco después de despegar desde Santo Tomé. En ambos casos no hubo que lamentar víctimas.
Recién el día 18Feb2022 quien se desempeña en la nación como ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible concurrió a la provincia. El funcionario arribó a la localidad de San Miguel, en el centro de la provincia, a 161 kilómetros de la ciudad de Corrientes. Lastimosamente expresó su deseo por “un frente de lluvias” como única solución para aplacar los incendios. El ministro arribó desde Misiones a bordo un helicóptero de la Policía Federal Argentina, LQ-FQH. Seguidamente sobrevoló algunas de las zonas afectadas, como el Parque Nacional Iberá, no sin antes afirmar categóricamente “Chile tiene más focos de incendio que Argentina” -SIC-. -ver como se combaten los incendios en el país trasandino. Solo un ejemplo-.
Otro singular visitante resultó quien oficia de ministro de seguridad de la provincia de Buenos Aires, quien recorrió algunas de las zonas afectadas en Virasoro, en adyacencias a la ruta 14. El particular funcionario llegó abordo del helicóptero de la Policía Bonaerense -LQ-BEL-. La misma máquina con la que fue protagonista de la voladura de sombrillas en una playa de Villa Gesell. Como queda claro, los políticos realizan turismo catástrofe. Vale aclarar que ninguno de los aparatos policiales que los trasladaron se afectaron a la lucha de los incendios. La provincia de Buenos Aires desplegó dos helicópteros provistos de helibalde los cuales habían partido el día 18Feb2022 desde la base de Puente 12, en La Matanza. Ese mismo día, la provincia de Córdoba, también desplegó en Corrientes un avión hidrante.
Desgraciadamente, la falta de equipos necesarios, juntamente con la improvisación, seguirá imperando. Hechos como los que han afectado a la provincia de Corrientes se repiten año tras año, y no hay vistas que se tomen acciones acorde para revertir la calamidad de estos sucesos.

Elementos aéreos detectados sobre la provincia de Corrientes.
* Agropecuaria Litoral SRL LV-CEQ PZL M-18 Dromader cn. 1Z004-06 ex SP-ZUC, destruido por fuego el 14Feb2022.
* AAXOD S.A. LV-BBE Air Tractor AT-502B cn. 502B-0635 ex N502DR reportado en la zona desde el 05Feb2022.
* Ejército Argentino AE-408 Bell UH-1H Iroquois cn. 13204 reportado en la zona durante Feb2022.
* Fuerza Aérea Argentina H-104 Bell 412EP cn. 36683 reportado en la zona desde el 14Feb2022.
* Ganacal SRL. LV-CNH Beech 36 Bonanza cn. E-153 -Un equipo periodístico de TN sobrevoló las zonas de Santo Tomé-.
* Plan Nacional del Manejo del Fuego LV-CRN Air Tractor AT-402B cn. 0413 ex N8517Q.
* Plan Nacional del Manejo del Fuego LV-JVI Air Tractor AT-802 cn. 802-0449 ex N2069Q reportado el 17Feb2022 en Loreto.
* Orlando Colombi/PNMF LV-WZE Air Tractor AT-602 cn. 602-0443 reportado en la zona durante Ene2022, accidentado el 16Ene2022 Santo Tomé.
* Policía Bonaerense LQ-BEL Eurocopter/Helibras HB350B3 Esquilo cn. 3884 el 18Feb2022 trasladó a un funcionario bonaerense.
* Policía Bonaerense LQ-BEN Eurocopter/Helibras HB350B3 Esquilo cn. 3867 desplegado el 18Feb2022 provisto de helibalde.
* Policía Bonaerense LQ-BIO Eurocopter/Helibras HB350B3 Esquilo cn. 4154 desplegado el 18Feb2022 provisto de helibalde.
* Policía Federal Argentina LQ-FQH Eurocopter EC-145 (EC35) cn.9633 el 18Feb2022 trasladó a un funcionario nacional.
* Stieffel Arturo y Raúl LV-HMK Air Tractor AT-502B cn. 502B-3097 ex N8521D reportado en Mercedes en Ene2022.

# En el presente informe se han utilizado imágenes de la Fuerza Aérea Argentina, Ejercito Argentino, Bomberos Voluntarios de Baradero, y los medios Radio Sudamericana, Corrientes Hoy, Primera Edición, Tu Mercedes, y Misionesoline. Agregados y correcciones serán bienvenidos. Agradecimiento - Colin.

15/02/2022

Paseando por Tigre

La jornada del 13Feb2022, brindó un clima mucho más que óptimo para salir y dar una vuelta. -Después de tanto, tanto, tanto tiempo-. La localidad de Tigre pareció un destino apropiado. Recorrer la ribera del Río Luján con su arboleda no hacía otra cosa que animar al paseo. Con todo a favor, sorprendió que el Museo Naval de la Nación se encontrara cerrado. Claramente la pandemia ha dejado secuelas y vicios del encierro... Aun así, desde fuera fue posible observar los tres aviones que moran en la institución. Sinceramente no recordaba la vista desde mi último raid spotter, pero en esta oportunidad el Skyhawk lucía en esquema de baja visibilidad. Corroborando fotografías diversos sitios, este aparato exhibe ese esquema desde 2017.  El museo... Tal vez, en una próxima oportunidad sea posible ingresar.

Detalle de las aeronaves
* 0442/4-G-75 North American SNJ-4 Texan cn. 88-11825 Feb58 -1-E-211- ex 16237/Bu26966.
* 0453/3-A-118 Grumman F9F-2B Phanter cn. 664 -3-A-123 - 3-A-119- ex BuAer 127171.
* 0667/3-A-312 Douglas A-4B Skyhawk cn. 12178 BuAer. 144932 (Célula híbrida).

14/02/2022

Exhibición de la Fundación Infante de Orleans - Edición 2022

El pasado 06Feb2022, en el Aeródromo de Cuatro Vientos, una gran cantidad de espectadores se dieron cita en exhibición aérea de la Fundación Infante de Orleans de Aviones Históricos en Vuelo. La muestra de por sí es sumamente interesante, pero para el caso de Argentina, reviste un interés particular, ya que cinco aviones de los que participan tienen pasado argentino. A saber: Consolidated Fleet 2, Consolidated Fleet 10, Boeing Stearman (motor Continental) FW 44 Stieglitz y Stinson Sentinel. Así como la restauración del motor Gipsy Six del Miles Falcon. La colección cuenta con 43 aviones, pero seis de ellos están sin restaurar a la espera de fondos para poder concretar sus restauraciones.
Es muy significativo que todos los miembros de la FIO son voluntarios (pilotos, ingenieros y personal asistente), excepto los mecánicos que son los únicos contratados dada la dedicación plena que requieren estas labores. - Para más detalles pueden visitar el blog Elrectanguloenlamano con el reporte especial de José Manuel Serrano Esparza.


Agradecimiento especial - Pedro Valle
Vía Ricardo Ohoka 

Detalles de la FIO en Roll Out

13/02/2022

Acta creación de AeroPerú

-El Fellowship PH-ZAV previo a su entrega a SACTO en alquiler-
Formalmente el día 02May71 la empresa Aerolíneas Peruanas anunció la suspensión de todos sus vuelos. Posteriormente, el 13Nov71, una corte de Miami decretó su quiebra definitiva. Esta aerolínea, había sido fundada el 16Sep56 por el empresario estadounidense Cornell Newton Shelton, quien secundado por diversos inversionistas peruanos. A principios del año 1971,  la empresa se encontraba en una situación financiera precaria, con una deuda de 22 millones de dólares, principalmente con el agente Fred Ayer, garante la adquisición de los Convair 990.  En poco tiempo, la empresa debió deshacerse de los jet, y mantuvo sus operaciones merced al "préstamo" de una aeronave por parte de Iberia. Aun así, su deuda ascendía a 4 millones de dólares. Braniff, Iberia y Lufthansa, acercaron propuestas al presidente del gobierno peruano, general de división EP Juan Velasco Alvarado, en un intento de rescate. Sin embargo, el 28Abr71, el gobierno militar le dio la espalda  a la compañía. Por esos días se pergeñaba la creación de una línea aérea nacional bajo el control del Estado. Desde 1960, se había concebido la empresa SATCO -Servicio Aéreo de Transportes Comerciales-  nacida en el seno de la Fuerza Aérea de Perú. La misma descendía de la reorganización de Transportes Aéreos Militares, entidad que prestaba servicios desde 1946. SATCO se había convertido en parte del Grupo de Transportes 41 de Fuerza Aérea del Perú, y brindaba servicios de transporte principalmente a áreas desatendidas del país donde el transporte aéreo comercial no llegaba. En May73, sobre la base de los activos de SATCO el gobierno peruano creó la aerolínea puramente civil AeroPerú.

Detalle de la flota de SATCO en 1973
OB-R-390 Fokker F-28 Mk. 1000 Fellowship cn. 11032 ex PH-ZAV dd. 19Abr73. li. Fokker. rmt. OB-R-1030.
* OB-R-397 Fokker F-28 Mk. 1000 Fellowship cn. 11059 ex PH-ZBO dd. 15Mar73. rmt. OB-R-1020.
* OB-R-398 Fokker F-28 Mk. 1000 Fellowship cn. 11065 ex PH-EXN dd. 31May73. rmt. OB-R-1018.
* OB-R-399 Fokker F-28 Mk. 1000 Fellowship cn. 11066 dd. ex PH-EXO 02Jul73. rmt. OB-R-1019.

AeroPerú fue la aerolínea creada por el estado peruano en 1973. Cuyo vuelo inaugural se concretó el 03Oct73, en coincidencia con el día de la revolución peruana. En dicha jornada, voló desde el aeropuerto Jorge Chávez de Lima a Cuzco, utilizando uno de sus Fokker F-28 Fellowship. En la edición N° 11-12 del Noticiero del Transporte Aéreo, (Alberto Mirkin), publicado en la segunda quincena de Jun73 se hizo publico el acta creación de la empresa peruana, que a continuación se transcribe.
-La aeronave PH-ZAV, en el aeropuerto de Cusco-

Por medio del Decreto - Ley N° 20030 del 22May73 de la Presidencia de la Nación del Perú. Se crea la Empresa de Transporte Aéreo del Perú AeroPerú:
Considerando que es necesario el mayor y acelerado desarrollo del transporte aéreo con fines de integración nacional, del mejoramiento social y el aumento de la producción en general, dentro de la política de transporte aprobada por el Gobierno Revolucionario de la Fuerza Armada. Que la creación de la Empresa de Servicio de Transporte Aéreo, obedece a necesidades de interés público, debe ser organizada como una entidad estatal sobre bases económicas sólidas y con capacidad de auto-sostenimiento, dentro del criterio de beneficio social nacional para el servicio interno.
Que, es conveniente asimismo, prever la participación del transporto aéreo en el ámbito internacional. Que estando el Servicio Aéreo de Transportes Comerciales (SATCO) realizando una amplia actividad comercial de carácter empresarial, a lo que se suma la posibilidad de incrementar tales actividades, tanto en el ámbito nacional como en el internacional, procede que la empresa estatal por crear se constituya en base a SATCO y dentro del sector aeronáutico, con sujeción a la política de Transporta Aéreo del Estado.
En uso de las facultades de que está investido, y con el voto de aprobatorio del Consejo de Ministros, ha sado el Decreto-Ley siguiente:

TITULO I - Denominación - Domicilio - Duración y Régimen Legal: 
Articulo 1º - Créase, en base al Servicio Aéreo de Transportes Comerciales (SATCO), la Empresa de Transporte Aéreo del Perú, denominada AeroPerú, como Empresa Pública del Sector Aeronáutica, con personería Jurídica y autonomía administrativa, económica y técnica. 
Articulo 2º AeroPerú tiene domicilio legal y su oficina principal en Lima. Puede establecer subsidiarias, filiales oficinas, sucursales, agencias y otras dependencias necesarias para el cumplimiento de sus fines en el país y en el extranjero, de acuerdo con su Estatuto y demás disposiciones legales pertinentes.
Articulo 3º - La duración de AeroPerú es indefinida.
Articulo 4º - AeroPerú se rige por la presente Ley Orgánica, su Estatuto, disposiciones legales relativas a Empresas Públicas, supletoriamente por la Ley de Sociedades Mercantiles y en lo que respecta a operaciones aéreas, por la Ley N°15.720, modificatorias y demás disposiciones que dicte el Ministerio de Transporte y Comunicaciones.

TITULO II - Finalidad y Funciones:
Articulo 5º - AeroPerú tiene como finalidad asegurar un servicio eficiente y económico de transporte y trabajos aerocomerciales que contribuya a la integración y desarrollo socio-económico del país, como instrumento de ejecución de la Política y planes del Gobierno.
Articulo 6º - Corresponde a AeroPerú
a) Atender preferentemente el transporte aéreo interno de pasajeros, carga y correo.
b) Explotar servicios de transporte aéreo internacional y ser línea aérea designada, prioritariamente, cuando lo solicite.
c) Suscribir acuerdos de interés comercial reciproco con empresas aéreas de otros Estados sobre el transporto aéreo internacional de carga y pasajeros.
d) Ejecutar o hacer por medio de terceros, los trabajos aéreos reservados para el Estado, que éste le encomiende.
e) Realizar estudios y formular proyectos relacionados con sus actividades y prestar estos servicios a entidades filiales u otras dedicadas al transporte aéreo. Cuando la naturaleza de los estudios o proyectos lo requiera, podrá contratar su ejecución con personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras.
f) Promover el desarrollo social, profesional, técnico y cultural de sus trabajadores.
g) Celebrar convenios o contratos y realizar los actos jurídicos requeridos por sus actividades.
h) - Realizar otras actividades relacionadas con su finalidad.

TITULO III - Capital - Recursos y Presupuesto.
Articulo 7º - El capital autorizado de AeroPerú es de Tres mil millones de soles oro (S/3,000,000,000,00) íntegramente suscripto por el Estado representado por Trescientos mil (300,000) acciones de un valor nominal de Diez mil soles oro (S/10,000,00) dada una. El Poder Ejecutivo, por Decreto Supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros y refrendado por los Ministros de Aeronáutica y de Economía y Finanzas, podrá aumentar dicho capital.
Articulo 8º - El capital de AeroPerú será cubierto:
a) Con un aporte inicial de Doscientos millones de soles oro (S/, 200,000,000.00), que hará el Estado a través de la Corporación Financiera de Desarrollo (COFIDE).
b) Con los recursos que lo sean asignados en el Presupuesto del Sector Público Nacional o mediante disposiciones legales especiales.
c) Con el valor de los activos que SATCO le transfiera en forma expresa.
d) Con los bienes y valores que le adjudique el Estado o le transfieran personas jurídicas de derecho publico o privado, así como personas naturales.
e) Con el valor real de los bienes que le sean donados o legados, previa aceptación y valorización por AeroPerú.
f) Con la reinversión de la utilidad neta de AeroPerú que se asigne para este fin.
g) Con los excedentes de la revaluación de sus activos fijos capitalizados conforme a la Ley.
Articulo 9º - Son ingresos de AeroPerú los que provienen de la prestación de sus servicios y cualesquiera otros que perciba en razón de sus actividades.
Articulo 10º - El presupuesto de AeroPerú será formulado y aprobado de acuerdo a la Ley Orgánica del Presupuesto Funcional de la República y demás disposiciones legales.

TITULO IV - Régimen Administrativo.
Articulo 11º - La dirección y administración de AeroPerú será de cargo y responsabilidad de su Directorio y de la Gerencia General en lo pertinente.
Articulo 12º - El Directorio es la más alta autoridad de AeroPerú y como tal le corresponde determinar los lineamientos para la marcha de la empresa dentro de la política de transporte y trabajos aerocomerciales aprobada por el Gobierno.
Articulo 13º - El Directorio de AeroPerú estará integrado por siete (7) miembros designados en la siguiente forma:
- Tres por el Ministerio de Aeronáutica.
- Dos por el Ministerio de Transportes y comunicaciones.
- Uno por el Ministerio de Economía y Finanzas.
- Uno por el Ministerio de Industria y Comercio.
- Uno por los trabajadores de AeroPerú.
El presidente del Directorio será un oficial General de la Fuerza Aérea del Perú, designado entre los tres nombrados por el Ministerio de Aeronáutica. Tendrá voto dirimente.
Los miembros del Directorio serán nombrados por Resolución Suprema refrendada por el Ministro de Aeronáutica.
Articulo 14º - Los miembros del Directorio no podrán poseer, adquirir, ni enajenar acciones, bonos o títulos similares de empresas que se vinculen en alguna forma con AeroPerú, ni estar directa o indirectamente relacionados con las operaciones de AeroPerú, sin haberlo comunicado previamente, en cada caso, y por escrito, al Ministerio de Aeronáutica. Los funcionarios y empleados estarán sujetos a la misma limitación debiendo en su caso, comunicarlo al Directorio.
Articulo 15º - Están impedidos de ser miembros del Directorio de AeroPerú:
a) Los que estuviesen inhabilitados por orden judicial.
b) Las personas naturales o los directores de personas jurídicas declaradas en quiebra.
c) Los deudores de AeroPerú o quienes tengan pleito pendiente con ella.
d) Los parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o cuarto de afinidad.
e) Los demás prohibidos por la Ley.
Articulo 16º - Corresponde al Directorio.
a - Dirigir la empresa de conformidad con la política, objetivos, meta y planos de desarrollo del transporte aéreo aprobados por el Gobierno.
b - Establecer la política interna de la empresa.
c - Presentar al Ministerio de Aeronáutica para su aprobación por Decreto Supremo las modificaciones del Estatuto.
d - Elegir al Vice-Presidente.
e - Aprobar los planes y programas a corto, mediano y largo plazo de AeroPerú sometiéndose al Ministro de Aeronáutica para su conocimiento.
f - Aprobar el anteproyecto del Presupuesto.
g - Aprobar la Memoria, el Balance General y Estados Financieros, que presentará al Ministro de Aeronáutica para su conocimiento.
h - Celebrar contratos y otorgar facultades y poderes que juzgue necesarios para la representación legal de la empresa con sujeción al Estatuto.
i - Proponer la aplicación de la utilidad neta de la empresa conforme a Ley.
j - Aprobar el establecimiento de oficinas, sucursales, agencias y demás a que se refiere el Articulo 2º y designar representantes y agentes.
k - Controlar el funcionamiento general de la empresa y verificar la conformidad de la gestión de la Gerencia General con la política establecida.
l - Aprobar la organización interna de la empresa.
m - Ejercer las demás actividades y funciones que el presente Decreto-Ley y su Estatuto le confieran.
Articulo 17º - Son funciones del Presidente del Directorio:
a - Presidir el Directorio de la Empresa.
b - Velar por el cumplimiento de la política, objetivos, motas y planes de la Empresa.
c - Velar por el cumplimiento de las Resoluciones y Acuerdos del Directorio.
d - Representar a la Empresa.
e - Ejercer las demás funciones que le señala el Estatuto.
Articulo 18º - El Gerente General es el funcionario ejecutivo de mayor jerarquía de la Empresa y ejerce su representación legal de acuerdo con la autorización que lo otorga el presente Decreto-Ley y el Estatuto. Será nombrado por Resolución Suprema, refrendada por el Ministro de Aeronáutica. Dirige, coordina y controla, por delegación del Directorio, la acción de los organismos de la Empresa. 
Articulo 19º - El estatuto de AeroPerú precisará la organización, administración y atribución de sus órganos constitutivos. Será aprobado por Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Aeronáutica.

TITULO V - Régimen Económico y Financiero
Articulo 20º - AeroPerú está autorizado para mantener, tanto en el país como en el extranjero, saldos operativos en moneda extranjera, en la oportunidad y limites que se determine por Resolución Suprema refrendada por la Ministros de Aeronáutica y de Economía y Finanzas.
Articulo 21º - AeroPerú regirá la venta de moneda extranjera generada por sus servicios brindados en el exterior, por las disposiciones vigentes para las empresas navieras nacionales privadas, sin perjuicio de las normas que rigen a los organismos públicos.
Articulo 22º - El Poder Ejecutivo podrá contratar directamente o a través de sus organismos financieros, créditos en el país o en el extranjero, con el objeto de obtener recursos destinados a la ampliación de las operaciones de AeroPerú, de acuerdo a las leyes vigentes sobre la materia.
Articulo 23º - AeroPerú podrá:
a - Adquirir directamente equipos aéreos, repuestos y materiales de aviación, así como contratar servicio de mantenimiento y otros para sus operaciones y mantenimiento de sus aeronaves, sin el requisito de licitación pública o concurso de precios, Cuando los gastos excedan de un millón de soles oro (S/1,000,000.00), AeroPerú dará cuenta inmediata al Ministerio de Aeronáutica y a la Contraloría General de la República.
b - Hacer toda otra adquisición de bienes o contratar la prestación de servicios no personales, así como la ejecución de obras, en cuyo caso procederá en la forma siguiente:
1) Tratándose de adquirir bienes y servicios no personales.
(a) Directamente, cuando su monto no exceda de un millón do soles oro (S/.1,000,000.00).
(b) Por concurso de precios, cuando el monto sea de más de un millón de soles oro (S/.1,000,000.00) y hasta Diez millones de soles oro (S/.10,000,000.00).
(c) Por licitación pública, cuando el monto exceda de Diez millones de solos oro (S/.10,000,000.00).
2) Tratándose de la contratación de ejecución de obras:
(a) Directamente, hasta Dos millones de soles oro (S/,2,000,000,00).
(b) Por concurso de precios, cuando el monto sea de más de Dos millones de soles oro (S/.2,000,000.00) y hasta Diez millones de soles oro (S/.10,000,000,00).
3) Tratándose de Estudios, Consultorías o Supervisiones: mediante concursos de méritos.
Podrán variarse los montos precedentes por Decreto Supremo.
Articulo 24º - Cuando sean declarados desiertos los concursos de precios, las licitaciones públicas o los concursos de méritos; o cuando las condiciones, especificaciones o características técnicas lo requieran, lo que será fehacientemente acreditado, podrá autorizarse la adquisición directa de bienes y servicios no personales, así como la contratación directa de obras, estudios, consultorios y supervisiones, mediante Resolución del Ministerio de Aeronáutica, a excepción de lo establecido en el inciso a) del Articulo 23º.
Articulo 25º - AeroPerú estará sujeta a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº429-HC del 02Nov65.
Articulo 26º - AeroPerú podrá hacer uso de la facultades coactivas que otorga el Decreto-Ley N°17355 para el cobro de las acreencias originadas por la prestación de sus servicios.

TITULO VI - Régimen Laboral.
Articulo 27º - El personal de trabajadores que preste servicios en AeroPerú estará bajo el régimen laboral correspondiente a la actividad privada.
Articulo 28º - AeroPerú podrá contratar personal extranjero cuando sus necesidades lo requieran, de acuerdo a las disposiciones legales vigentes.
Articulo 29º - El Ministro de Aeronáutica tomará todas las medidas pertinentes para asegurar la continuidad del servicio de transporte aéreo.

TITULO VII - Disolución y Liquidación.
Articulo 30º - AeroPerú sólo podrá ser disuelta mediante lay expresa, que fijará el procedimiento para su liquidación.

TITULO VIII - Disposiciones Generales.
Articulo 31º - AeroPerú no podrá exonerar total ni parcialmente del pago de las tarifas fijadas por los servicios que preste, excepto en casos de obligación recíproca resultante do acuerdos comerciales o de convenios oficiales.
Articulo 32º - Los funcionarios y empleados públicos que viajen dentro del territorio nacional y al extranjero, con pasajes pagados por el Sector Público Nacional, así como la carga y correo que el despache con cargo a partidas presupuestales, utilizarán los servicios de AeroPerú. Sólo en casos de urgencia se podrá hacer excepción a lo dispuesto en el presente artículo y, mediante Resolución del Ministerio interesado.

Disposiciones Transitorias
Primera: AeroPerú asume las actividades, derechos, concesiones y autorizaciones del Servicio Aéreo de Transportes Comerciales SATCO.
Segunda: Dentro del término de quince (15) días de la vigencia del presente Decreto-Ley se instalará el Directorio de AeroPerú y de noventa (90) días computados a partir de su instalación, someterá a la consideración del Ministro do Aeronáutica el proyecto de Estatuto de AeroPerú, que será aprobado por Decreto Supremo.
Tercera: Para los efectos de la determinación del valor de los activos de SATCO, el Ministerio de Aeronáutica hará el inventario valorizado de los bienes de capital, insumos y demás recursos materiales de dicho Servicio, que adjudique a AeroPerú a la fecha de iniciación de sus actividades, con sujeción a lo dispuesto en el inciso c) del Articulo 8º.
Cuarta: El Servicio Aéreo de Transportes Comerciales (SATCO) continuará operando hasta que AeroPerú inicié sus actividades aérea.
Quinta: Los contratos y obligaciones celebrados y adquiridos, respectivamente, por SATCO con terceros, serán asumidos por AeroPerú.

Disposición Final
Derogase, o déjese en suspenso en su caso, las disposiciones que se opongan el presente Decreto-Ley.
-Nótese en el esquema primigenio de AeroPerú, la similitud con los colores de SATCO-

Detalle de la flota de AeroPerú en 1973
OB-R-1018 Fokker F-28 Mk. 1000 Fellowship cn. 11065 ex OB-R-398 dd. May73.
OB-R-1019 Fokker F-28 Mk. 1000 Fellowship cn. 11066 ex OB-R-399 dd. May73.
OB-R-1020 Fokker F-28 Mk. 1000 Fellowship cn. 11059 ex OB-R-397 dd. May73.
OB-R-1030 Fokker F-28 Mk. 1000 Fellowship cn. 11032 ex OB-R-390 dd. May73. li. Fokker.

De forma vertiginosa la nueva compañía creció amparada en el poder del estado. Su lema resumía la filosofía que se intentaba imprimir: “trabajamos orgullosos para formar a un gran equipo y para llevar el nombre de Perú en alto”. Por varios años la empresa elevó los colores del Perú. Pero cuando el estado peruano no pudo sostener su dadivoso aporte, AeroPerú debió ser privatizada a partir de 1993. El ámbito privado, tampoco la favoreció, y debido a dificultades financieras el 10Mar99, se declaró el cierre de la firma.